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sociedad | navarra

El acceso de los dependientes moderados eleva a 10.000 las personas con derecho a prestaciones

el día 1 de enero se incorporarán al sistema 1.850 navarros que ya han sido valorados

Alzheimer y síndrome de Down, entre las nuevas afecciones que se incluyen como destinatarios de la cartera de servicios

L.C./agencias - Jueves, 30 de Diciembre de 2010 - Actualizado a las 05:13h.

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Una persona dependiente pasea acompañada por una socia voluntaria de Cruz Roja.

Una persona dependiente pasea acompañada por una socia voluntaria de Cruz Roja. (DIARIO DE NOTICIAS)

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pamplona. A partir del próximo 1 de enero de 2011, las personas dependientes moderadas de nivel 2, entre las que se encuentran, entre otras, los enfermos de Alzheimer o síndrome de Down, podrán solicitar las prestaciones previstas por la Ley de Dependencia, y a las que ya tienen acceso los grandes dependientes y los dependientes severos. Esta actuación fue ultimada en la reunión del Consejo Territorial para la Autonomía y Atención a la Dependencia celebrada el día 22 de diciembre, en el que estuvieron presentes miembros del Gobierno central y de las Comunidades Autónomas.

El Gobierno Foral recuerda que las personas que deseen entrar en el Sistema de Atención a la Dependencia deberán solicitar la valoración de su situación. Asimismo, las personas ya valoradas con dependencia moderada nivel 2, que en Navarra son 1.850, tendrán reconocido el derecho a las prestaciones a partir del 1 de enero de 2011.

Para tramitar las solicitudes, los demandantes tienen que dirigirse a los Servicios Sociales de Base o a la Agencia Navarra para la Dependencia y solicitar el acceso a las prestaciones mediante un Programa Individual de Atención (PIA).

prestaciones En concreto, las prestaciones a las que tendrán derecho las personas con dependencia reconocida moderada nivel 2 son: promoción de la autonomía personal; teleasistencia; ayuda a domicilio; centro de día y de noche, y prestación económica para cuidados en el entorno familiar. La cuantía máxima de esta última prestación acordada en el último Consejo Territorial es de 180 euros al mes, y la mínima, de 60 euros.

La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia establecía que la efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia incluidas en la citada ley se ejercitaría progresivamente, de modo gradual y de acuerdo con el calendario que en la misma se contiene. Durante los cuatro primeros años de vigencia de la Ley ha entrado en vigor la efectividad del derecho a las prestaciones de las personas valoradas en el Grado III, de gran dependencia, y en el Grado II, de dependencia severa. Así, de acuerdo con el citado calendario, a partir del 1 de enero de 2011, entra en vigor la efectividad del derecho de quienes sean valorados en el Grado I, de dependencia moderada, nivel 2.

Como dependientes moderados se entiende aquellas personas que necesitan ayuda al menos una vez al día para realizar sus actividades básicas o cotidianas, como pacientes de Alzheimer o personas que sufren el síndrome de Down, según explicaron diversas fuentes.

En conferencia de prensa tras la reunión del Consejo Interterritorial celebrado el 22 de diciembre, la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, detalló que el acuerdo establece que en enero de 2011 se incorporan al Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia los dependientes valorados con Grado I Nivel 2, y dos años más tarde (2013) lo harán los valorados con Grado I Nivel 1.

las claves

· Información. La Agencia Navarra para la Dependencia dispone de dos teléfonos de información específicos para el desarrollo de la Ley de la Dependencia y de los Servicios Sociales, el 902 165 170 y el 848 426 900, disponibles de lunes a jueves de 8.30 horas a 18.00 horas y el viernes de 08.30 a 15.00 horas.

· Prestaciones. Entre las prestaciones acordadas a las que tienen derecho las personas que sean valoradas como dependientes moderados destacan la ayuda a domicilio, para la que, a nivel estatal, se establece un cómputo horario de 21 a 30 horas mensuales para los dependientes de Grado I Nivel 2, y de 12 a 20 horas mensuales para los de Nivel 1. Los centros de día tendrán 25 horas semanales de atención mínima personalizada para el Grado I, Nivel 2, y 15 horas semanales de atención mínima personalizada para el Nivel 1. La promoción de la autonomía personal está fijada entre 20 y 30 horas mensuales para Grado 1, Nivel 2 y entre 12 y 19 horas para el Nivel 1, que estarán dedicadas a actividades de habilitación y terapia ocupacional, estimulación cognitiva o la habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual, entre otras.

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