Contribuyentes navarros, principalmente sociedades irregulares y asociaciones, se han llevado un susto estos meses porque han comprobado que algunos ayuntamientos han descontado de sus cuentas el dinero correspondiente al Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Están sorprendidos porque defienden que están exentos de este tributo después de que Hacienda Foral anunciara en plena pandemia que a partir del 1 de enero de 2021 los sujetos pasivos que tuvieran, en el año anterior, un importe neto de la cifra de negocios inferior a un millón de euros no tenían que abonar este gravamen.

Este periódico ha hablado con algunos de los afectados que insisten en que en 2021 no abonaron este impuesto; pero en cambio, en 2022 los ayuntamientos se lo han descontado a pesar de tener una facturación por debajo del millón de euros. Consistorios, como el de Pamplona reconoce que ya han recibido recursos de contribuyentes por este motivo, y asesorías también han atendido a clientes por esta cuestión.

¿Cómo debe actuarse?

En el caso de que los contribuyentes no estén de acuerdo deben presentar un recurso al ayuntamiento correspondiente, quien a su vez solicita informe a Hacienda para que estudie la reclamación y si advierte que ha existido un error subsanarlo.

¿Cómo funciona?

Los ayuntamientos se encargan de cobrar este impuesto, pero no son ellos quienes recaban la información sobre los volúmenes de negocio de estos usuarios. Hacienda maneja estos datos, y para que los consistorios conozcan a quién deben pasar la cuota del Impuesto de Actividades Económicas, el erario público comparte con ellos una aplicación informática. En esta herramienta, Hacienda señala a través de una casilla qué sujetos pasivos no deben pagar el IAE y quiénes sí. Para ello comprueba la documentación presentada por los contribuyentes para saber sus volúmenes de negocio. Esas declaraciones se refieren al IRPF, Sociedades, el modelo 184 o el F65.

Desde Hacienda indican que, a veces, no disponen de información sobre el volumen de operaciones porque los contribuyentes no presentan la declaración correspondiente (formularios anteriormente citados) o porque, a pesar de que lo hayan hecho, no han consignado el importe neto de la cifra de negocio. Puede suceder que el usuario cree que ha aportado ese dato cuando no es así, y por ese motivo, los técnicos no puedan acceder a esa cifra.

Hacienda insiste en que "si no se ha presentado la correspondiente declaración consignando el importe neto de la cifra de negocio no se acredita el derecho a la exención, con lo que estaría sujeto a este impuesto". Por último, tampoco descartan que, a veces, se produzca algún error humano, razón por la que siempre trabajan "en mejorar el procedimiento empleado".

¿Qué ha ocurrido?

Desde el Ayuntamiento de Pamplona señalan que en 2021, primer año de aplicación de la exención tras modificarse la ley foral 2/1995 de Haciendas Locales, "los consistorios lograron que Hacienda identificara quiénes estaban libres de este tributo a través de una aplicación informática".

Así, los ayuntamientos giran la liquidación tributaria del IAE según la información facilitada, es decir, solo a los que superan el millón de euros de facturación y a los que no ha sido posible Hacienda comprobar su facturación.

Sin embargo, desde la Federación Navarra de Municipios y Concejos recuerdan que al verificar los datos de la herramienta informática, algunos consistorios no han girado el recibo al conocer la realidad de esas sociedades irregulares o asociaciones. En cambio, otros sí lo han hecho para que las empresas reclamen y acrediten que están exentas.

El Ayuntamiento de Pamplona señala que hay usuarios que están presentando recurso por este tema; y para resolver su queja, el ayuntamiento solicita informe a Hacienda para dar una solución al afectado. "Este sistema está generando una carga de trabajo adicional en la gestión ordinaria", indican. Además, apuntan a que "los ayuntamientos pierden financiación, ya que el Gobierno de Navarra compensa el 95% del importe exento por el volumen de negocio".