bilbao. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en Álava ha reconocido una reclamación del Área de Salud Laboral de CCOO Euskadi para que se considere como accidente de trabajo el periodo de baja en la que se encuentra una trabajadora de 56 años, a la que se le diagnosticó infarto agudo de miocardio tras una discusión con su jefe.
CCOO informó de que esta trabajadora realizaba tareas de limpieza en una empresa vizcaína del sector de servicios deportivos en la que, "durante años, había soportado un trato insostenible por parte del máximo cargo de la empresa". El pasado enero, debido a una fuerte discusión con esta persona, la trabajadora sufrió en su puesto un cuadro de ansiedad, con desvanecimiento y dificultades respiratorias. Una unidad móvil medicalizada trasladó a la trabajadora al hospital, mientras que la Ertzaintza tomó declaración al delegado de CCOO que presenció lo ocurrido y al responsable de la empresa. Además, el sindicato presentó como prueba el testimonio de compañeros de trabajo.
Tras su hospitalización en Basurto, a la trabajadora se le ha diagnosticado síndrome de remodelación cardíaca (Balloning) y actualmente sigue de baja con diagnóstico infarto agudo de miocardio, ansiedad y estrés. El INSS reconoce el derecho a que la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sea la responsable de la prestación como contingencia profesional por el tiempo que esté de baja. Además, en caso de que la trabajadora así lo quiera, se podría solicitar un recargo de prestaciones por faltas de medidas de seguridad a cargo de la empresa entre un 30-50% más.
CCOO destacó el aumento de este tipo de casos, por lo que animó a los trabajadores a "denunciar estos actos, que atacan la dignidad de los trabajadores ". "Los riesgos psicosociales y la ausencia de prevención que genera múltiples enfermedades deben ser reconocidas como enfermedades laborales e incluidas como accidentes de trabajo", insistió. >efe