toledo. El Juzgado de Instrucción número 3 de Toledo ha desestimado la demanda interpuesta por Telma Ortiz, la hermana de la Princesa de Asturias, en la que pedía medidas cautelares contra 57 medios de comunicación. Según el auto, tanto Telma Ortiz como su pareja, Enrique Martín-Llop, son personas con "proyección pública", y además les impone las costas del proceso.
En su demanda, cuya vista oral se celebró el pasado lunes en el Palacio de Justicia de Toledo, Ortiz pedía que se establecieran medidas cautelares para que se prohibiese a estos medios de comunicación "captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir imágenes suyas" y de su pareja, excepto aquellas imágenes tomadas en ceremonias oficiales o actos de carácter protocolario.
La jueza María Lourdes Pérez asegura en el auto que de la demanda se desprende "la reducción de los términos del debate planteado" por los propios demandantes, ya que éstos invocan única y exclusivamente la vulneración de su derecho fundamental a la propia imagen y consiguiente injerencia en su vida privada. Sin embargo, dejan fuera de la polémica si la captación y reproducción gráfica de las imágenes controvertidas por parte de los medios de comunicación han vulnerado su derecho a la intimidad personal y familiar, o a su derecho al honor.
El auto determina que incluso sin hacer referencia al parentesco directo de la demandante con la Princesa de Asturias, "la inviabilidad jurídica de lo solicitado es evidente" dado que se interesa por la condición de particular sin proyección pública, cuando a renglón seguido se admite y reconoce que "participan de hechos y actos que sí la interesan".
Por coherencia jurídica, estima la jueza, el paso siguiente consistiría en el análisis de cada una de las fotografías e imágenes aportadas.
"Sin embargo, ese extremo no ha sido mencionado en la solicitud de medidas cautelares, pues lo que se ha interesado es la prohibición de captar publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir por medio alguno imágenes o instantáneas de los actores, así como que nadie a su cargo o por encargo de los demandados, capte, publique, distribuya, emita, difunda o reproduzca por cualquier medio fotografías o imágenes de los actores fuera de actos oficiales o ceremonias protocolarias", añade.
lugares públicos "Siendo consideradas indiciariamente personas de proyección pública en los supuestos de imágenes en lugares publicos, lo solicitado contradice lo dispuesto en la ley. Debe resaltarse que es el derecho a la intimidad personal o familiar el que se ve reducido, pero no eliminado, conforme a los criterios establecidos", argumenta.
Durante la vista oral del pasado lunes los representantes legales de televisiones nacionales y autonómicas, agencias de noticias, revistas del corazón nacionales y varias empresas editoras citados con motivo de la demanda defendieron el derecho a la información y la libertad de expresión y mostraron su oposición a la adopción de estas medidas. >e.p.