El Tribunal Supremo ha avalado la destitución de Ángel María Villar del cargo de presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) al desestimar el recurso que presentó contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de confirmar la resolución por la que en 2017 se le destituyó por haber cometido una infracción calificada como "muy grave".

Villar alegó en su recurso que solo era posible destituirle por una infracción "muy grave" si la actuación era reincidente, pero los magistrados han explicado que la agravante de reincidencia no era un requisito indispensable para aplicarle la sanción de destitución. Así las cosas, en la sentencia recogida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado los argumentos de Villar, ha ratificado la resolución del tribunal madrileño y le ha condenado al pago de las costas.

En 22 folios, los magistrados de la Sección Cuarta han asegurado que la norma reglamentaria en la que se basó el Tribunal Administrativo del Deporte para destituirle "puede ser interpretada y aplicada en la forma realizada" sin que pueda concluirse que se vulneraron sus derechos.

Fue el 22 de diciembre de 2017 cuando el Tribunal Administrativo del Deporte destituyó a Villar de su cargo, del que estaba inhabilitado desde su implicación en julio de 2017 en el 'caso Soule', por presuntas irregularidades en el proceso electoral que se llevó a cabo en mayo de ese año.

En concreto, la resolución administrativa consideraba que Villar, tras cesar como presidente de la Real Federación Española de Fútbol y pasar a ser presidente de la Comisión Gestora -sin cesar en la misma-, llevó a cabo numerosas actividades dirigidas a publicitar y promover su condición de candidato a la presidencia de la Real Federación y dirigidas a captar el apoyo para su candidatura.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al analizar el asunto en su sentencia, concluyó que Villar sí era culpable al considerar evidente que el hecho de ocupar la presidencia de la Comisión Gestora de la RFEF le obligaba a guardar "estricto y escrupuloso deber de neutralidad durante el procedimiento electoral" y que, pese a ello, de la documentación aportada "queda constancia que simultaneó su cargo de presidente de la Comisión Gestora con una verdadera campaña con vistas a su reelección como presidente de la RFEF".

Ahora, una vez que el Supremo ha desestimado el recurso de Villar, la sentencia del TSJ madrileño ha pasado a ser firme y, por ende, se ha confirmado la decisión del Tribunal Administrativo del Deporte.