El aprovechamiento del espacio en las ciudades es tal que a veces el tamaño de las plazas marcadas para el aparcamiento de los coches es claramente insuficiente. De la misma manera hay conductores que aparcan tan pegados al coche de al lado que ellos o los usuarios de los otros vehículos tienen que realizar ejercicios de auténticos contorsionistas para entrar o salir del coche.

La educación y el sentido común suelen imperar en general a la hora de aparcar, pero no es infrecuente encontrarnos a veces con situaciones similares a las descritas anteriormente. Con el consiguiente cabreo y expresiones malsonantes por parte de los afectados. La máxima desesperación llega incluso cuando ni siquiera puedes abrir la puerta para entrar al coche cuando pretendes reanudar la marcha.

Ante esta incidencia, mucha gente se pregunta si esta incívica actuación no es merecedora de una multa para evitar su repetición.

Pues bien, en principio, la distancia mínima de seguridad entre vehículos como motivo de una posible sanción no se encuentra recogida en las ordenanzas municipales, que son las encargadas de regular los estacionamientos dentro del casco urbano, donde se producen estas desagradables incidencias.

En cualquier caso en la mayoría de las ciudades las normas suelen señalar que el estacionamiento no debe obstaculizar la circulación no ser u riesgo para la seguridad de los demás usuarios de la vía. También que el aparcamiento se efectuará de en las zonas delimitadas y de forma que permita la ejecución de las maniobras de entrada y salida.

Por eso dependerá de la ciudad y de sus ordenanzas de circulación el que puedas ser multado por estas actuaciones

que generan cabreo en los conductores y numerosos rayas en la carrocería del vehículo. También de la discrecionalidad del agente que se pueda encargar del caso.

Como norma general, la multa por aparcar demasiado cerca de otro vehículo puede variar entre 80 euros y 200 euros, según la normativa del Reglamento General de Circulación (RGC) de ámbito nacional que se pudiera aplicar.

Esta son según el RGC las multas relacionadas con el estacionamiento que recoge el RACE.

  • 80 euros por vulnerar el régimen de parada y estacionamiento en vía urbana regulado por la ordenanza municipal incumpliendo las limitaciones horarias de duración del estacionamiento. Esta es la más habitual que se puede aplicar para sancionar los aparcamientos muy pegados a otro coche.
  • 200 euros por parar en zona destinada para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.
  • 200 euros por estacionar en un carril o parte de la vía reservada exclusivamente para el servicio o circulación de determinados usuarios cuando obstaculice gravemente la circulación o sea un riesgo para los peatones. Esta es la otra norma habitual que se puede aplicar para sancionar los aparcamientos muy pegados a otro coche.
  • 80 euros por no señalizar la presencia de un vehículo inmovilizado para realizar una parada o estacionamiento.
  • 200 euros por no obedecer la señal de parada y estacionamiento prohibido.
  • 200 euros por no obedecer la señal de estacionamiento prohibido. Igualmente no obedecer la señal de estacionamiento prohibido los días impares o pares, primera o segunda quincena.
  • 200 euros por no obedecer la señal de estacionamiento prohibido en vado.