Con respecto al artículo de Adecana publicado en este mismo diario el 24 de octubre, semejante al publicado el pasado año hablando del mismo tema, debemos recordar en primer lugar que dicho control poblacional de los gatos ferales mediante el método de control, esterilización y retorno (CER) se lleva realizando con éxito en multitud de pueblos de nuestra comunidad bajo el paraguas de la Ley Foral 19/2019 de 4 de abril, sobre protección de los animales de compañía en Navarra, sin esperar por tanto a la futura ley estatal.

Efectivamente, resulta preocupante que el futuro de la conservación de la biodiversidad esté en juego, pero como consecuencia de una actividad peligrosa para animales y humanos como es la propia caza y sus diferentes modalidades, a saber, caza con trampa para pájaros usando zorzales con tinta adhesiva, criadas de pichón y codorniz, del uso del plomo, al parecer nada contaminante por otro lado, de la caza en los parques naturales o en otros espacios protegidos, de la caza del lobo o fuera de temporada.

Lejos de favorecer el equilibrio ecológico, queda patente que el lobby cinegético, con más de 800 granjas repartidas por todo el Estado español, lo que consigue es justa mente lo contrario, fomentando de este modo el incremento de poblaciones de jabalí y ciervo a través de sueltas e instalación de comederos, lo cual contribuye a la entrada de especies invasoras ajenas a nuestros ecosistemas, como pueden ser el muflón, por ejemplo. Así, con sueltas descontroladas, han contribuido a la contaminación genética de especies como la perdiz roja. En definitiva, cuando se pone la caza al servicio del llamado control poblacional de especies, fracasa estrepitosamente. Ejemplos claros al respecto lo tenemos con el jabalí, ciervo, arruí, conejo, etcétera, sin olvidar evidentemente el posible daño y riesgo para las propias personas.

El peligro para los ecosistemas y la biodiversidad por parte de la caza se percibe claramente a través de la normativa jurídica, como se ve en la Ley 30/2014 de ámbito estatal, que nos sirve de ejemplo del control sobre el impacto medioambiental de la caza en base a lo dispuesto en la mencionada ley, prohibiendo la caza en los parques naturales, en concreto la pesca deportiva, pesca recreativa y la propia caza.