El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite este martes el recurso que presentó el Gobierno madrileño que lidera Isabel Díaz Ayuso contra el decreto de ahorro energético del Ejecutivo de Pedro Sánchez que, entre otras cosas, limita la temperatura de la calefacción y la refrigeración a 19 y 27 grados, respectivamente.

Con ponencia del magistrado Ramón Sáez, el TC ha decidido admitir el recurso de la Comunidad de Madrid --tal y como ha informado-- contra el Real Decreto-ley 14/2022 de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

Este plan energético impugnado por el Ejecutivo de Ayuso limita la temperatura de calefacción y refrigeración a las administraciones públicas, establecimientos comerciales como grandes almacenes o centros comerciales, espacios culturales o infraestructuras de transporte como estaciones o aeropuertos, dejando fuera hospitales, centros educativos, gimnasios, peluquerías o cocinas de restaurantes.

También obliga el decreto a apagar las luces de escaparates y edificios públicos desocupados desde las 22.00 horas y a que tanto edificios como locales dispongan de cierres automáticos en los accesos para impedir que se queden abiertos permanentemente.

Ayuso anunció en septiembre que acudiría al Constitucional al considerar que Sánchez presentó el decreto "de forma arbitraria" y "autoritaria" y "contra los comercios y demás establecimientos públicos en un momento muy difícil para todos ellos".

Para la Comunidad de Madrid, el Gobierno español con esta iniciativa "invade competencias sin justificación", especialmente en materia de Sanidad y Comercio, "sin haber razones de urgencia". Desde el punto de vista sancionador, el Ejecutivo regional cuestionó la aplicación del decreto, ya que no se especifica cuánto tiempo han de estar apagados los escaparates ni los edificios públicos.

E incidió en que el texto va en contra del Decreto de Salud y Seguridad en el trabajo de 1997, que establece que las actividades denominadas de trabajo ligero, como son las propias del comercio y la hostelería, no se pueden superar los 25 grados de temperatura.   

OTRAS ADMISIONES

Igualmente, el órgano de garantías ha declarado admisible en el pleno el recurso de los diputados de Unidas Podemos contra la ley 5/2022 por la que se modifica la normativa de ordenación y coordinación de los transportes urbanos de la Comunidad de Madrid.

Y lo mismo ha hecho con la cuestión de inconstitucionalidad que la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo planteó sobre la ley de regulación del juego.