Un joven de nacionalidad marroquí, que carecía de antecedentes penales y vivía como okupa en una casa de Tudela, ha sido condenado 18 meses de prisión por un delito de robo con violencia e intimidación, pena que le será sustituida por la expulsión del país con la prohibición de entrada durante un plazo de cinco años. La Sección Primera de la Audiencia navarra ha confirmado la condena que le impuso el Juzgado de lo Penal 4 de Pamplona, una sentencia que fue recurrida por la defensa del procesado y cuyo recurso se desestima.

Los hechos ocurrieron la noche del 20 de marzo de 2022 cuando el acusado caminaba por la calle Carnicerías de Tudela y observó que por el mismo lugar caminaban dos jóvenes, una de las cuales llevaba un bolso colgado como bandolera. El acusado, de un fuerte tirón, consiguió arrancarle dicho bolso, de la marca Guess, tiró al suelo a la hermana de la joven y salió huyendo a toda velocidad. Dentro del bolso portaba un Iphone 13, 150 euros, un tarjetero y un neceser, que pudo recuperar salvo el dinero en metálico. El procesado no acudió ni a declarar al juzgado de instrucción ni al juicio. Los policías que le interceptaron y comprobaron que portaba 80 euros, sospecharon que el resto del dinero lo había gastado en droga en la casa ocupada que frecuentaba.

LE ENCONTRARON EN LA CASA OKUPA

Los agentes de la Policía Local de Tudela, dice la sentencia, fueron alertados por la víctima y constataron por las cámaras de seguridad que el autor de los hechos pasaba por el Ayuntamiento, que portaba el bolso y que era conocido porque esa misma noche había sido identificado y sabían que estaba en una casa ocupada, donde lo encontraron”. Fue al entrar a por él cuando el procesado tiró el bolso al rellano y luego les reconoció dónde había escondido el teléfono móvil. La actuación policial fue prácticamente inmediata, dando tiempo al acusado únicamente a esconder alguno de los efectos del delito y a abandonar los otros...”, exponía la sentencia.

El tribunal destaca que “no puede dejar de destacarse que, en relación con los hechos que se atribuyen al acusado, no contamos siquiera con la versión alternativa del mismo dado que no compareció siquiera al acto del juicio. De esta forma, nadie ha contradicho la contundente versión sostenida por la denunciante y los agentes policiales que depusieron como testigos sin que dicho acusado ofreciera explicación alguna a lo largo del procedimiento”. Por ello, la Sala considera que las pruebas que sirvieron para la condena son válidas y suficientes y que la resolución está bien razonada y motivada, además de señalar que la defensa ni discutió la calificación jurídica de los hechos, ni la sustitución de la pena por la expulsión, sino que únicamente cuestionó que el acusado fuera autor de los hechos.