Hizo tres búsquedas en Google que llamaron la atención de los investigadores policiales y, además, las hizo en fechas muy próximas a que en su pueblo de la Ribera se cometieran hechos muy similares a los que representaban sus búsquedas en el navegador. Este agricultor navarro tecleó en su teléfono una frase a modo de pregunta "qué le pasa si le echas azúcar al motor de gasoil". Y lo que pudiera resultar una curiosidad más de la que aprender a través de la red, llegó a consumarse en una acción delictiva. Por lo que pudo observar en primera persona las consecuencias de todas las respuestas posibles del navegador. Aunque aquellas dulces partículas diseminadas en el depósito no originan ni una explosión, como pudiera ser la creencia popular, ni tampoco llega a mezclarse con el combustible como para recambiar el motor completo, sí que provoca unos daños importantes en caso de que cristalice en el depósito.

Así, que el propio agricultor que consultó en internet la cuestión, llegó a ejecutarla. Y echó azúcar, o un producto similar, en los depósitos de tres tractores propiedad de dos hermanos, agricultores también de la Ribera, que acabaron con daños valorados en 25.700 euros. Por ello, le han condenado a pagar esta cantidad como responsabilidad civil, además de que le imponen una condena de multa de 5.280 euros por un delito continuado de daños.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado la pena que le impuso a este labrador el Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona, cuya animadversión con los propietarios de los vehículos era manifiesta. Pese a que en su recurso de apelación cuestionaba los indicios por los que fue condenado, el tribunal considera que la pluralidad de indicios (como la búsqueda de Google, el hecho de que las cámaras de seguridad captaran a un hombre de apariencia muy similar al acusado y con un turismo muy parecido al suyo y que su móvil le situara moviéndose en las horas en las que se cometieron los vertidos) prueban su autoría y desestima sus alegaciones.

Las tensiones personales entre el acusado y las víctimas se remontaban a mayo de 2019 cuando el primero adquirió una finca de concentración parcelaria en un pueblo de la Ribera y los otros dos hermanos intervinieron en la negociación ejerciendo un derecho de retracto de colindantes (tienen adquisición preferente). Finalmente, en marzo de 2020, tras varias incidencias en su negociación, reconoce la sentencia, se cerró la compraventa del terreno por un valor escriturado de 45.000 euros, pero para entonces el chandrío en los tractores ya estaba culminado.

La sentencia reconoce que los días 17 y 18 de enero de 2020, en plenas discusiones por el retracto, el acusado condujo el coche del que era usuario habitual, conociendo que los tractores propiedad de los hermanos se encontraban estacionados en una gasolinera. La resolución afirma que el procesado actuó con intención de perjudicar a sus propietarios, se dirigió a la estación de servicio y procedió a verter azúcar en el depósito del aceite de uno de los tractores. Eso ocurrió a las 6.30 horas de la mañana. Provocó perjuicios en el sistema motor que costaron reparar 12.027 euros.

Al día siguiente, acudió de nuevo a la gasolinera, y sobre las 23.20 horas, se aproximó a otro de los tractores y echó de nuevo azúcar o algo similar en el depósito, produciendo un colapso en el sistema. El vehículo fue puesto en marcha de nuevo tras una reparación provisional con un coste de 1.106 euros. Finalmente, el 15 de abril, el acusado actuó del mismo modo y realizó el mismo acto en otro vehículo agrario al que le provocó daños que se elevaron a 12.560 euros.

El tribunal considera que los datos obtenidos de la investigación "no pueden valorarse de forma exclusivamente individual, sino que se relacionan entre sí, así como con la motivación posible del perjuicio y la presencia en la gasolinera en las fechas de los hechos del coche de similares características a las del vehículo del que el acusado era usuario habitual". Por ello, considera que existen pruebas suficientes para confirmar su condena.