Rodearon a la víctima, en una noche de agosto de 2022, cuando paseaba hablando por su teléfono móvil por la pamplonesa Plaza de la Cruz. Allí, a la víctima le exigieron que entregara su smartphone, pero él se negó a hacerlo. Fue entonces cuando el acusado, un joven de origen norteafricano que actuó acompañado de al menos otras dos personas que no han sido identificadas, le agarró de la pechera y, en pleno forcejeo, al asaltado se le soltó una medalla que portaba al cuello. Cayó al suelo y el ladrón se apoderó de dicho medallón de oro que contenía una imagen religiosa. A continuación la víctima salió huyendo por las inmediaciones y fue perseguido por el grupo. Le dieron alcance y le golpearon, pero pudo fugarse y avisar a la Policía. Una vez que los agentes llegaron al lugar de los hechos, localizaron al procesado, esta vez solo y sin acompañantes. Al ser cacheado por los agentes, se le encontró en su riñonera el medallón que se correspondía con la descripción que había ofrecido el denunciante y que reconocida como suya in situ. Como consecuencia del forcejeo, la víctima sufrió además lesiones que requirieron de una primera asistencia médica y dos días de recuperación.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado por estos hechos una condena de dos años y medio de prisión al procesado, pena que le fue impuesta en primer lugar por el Juzgado de lo Penal 3 de Pamplona. La sentencia la recurrió la defensa del procesado, a la vista de que se le sustituía la condena de prisión por siete años de expulsión del territorio nacional. La Audiencia no encontró argumentos para que el encausado no fuera expulsado ese tiempo del país y no consideró que la medida fuera desproporcionada, aunque permitió que su defensa presentara las alegaciones correspondientes al juzgado. El encausado apenas llevaba unos meses en España, ya en mayo de 2022 le constaba un expediente sancionador por estancia irregular y solo pudo aportar un empadronamiento en Pamplona fechado el 4 de agosto. Igualmente se puso de manifiesto que carecía de ingresos y de arraigo. El tribunal concluye que sin ningún género de dudas el agarre del cuello realizado por el acusado a la víctima fue determinante para que la medalla se soltara y constituye un acto de violencia dirigido a apropiarse del móvil, no de la medalla que se rompió.