Pamplona - En la tensa relación que estos días mantienen el PSN y el PSOE a cuenta de la formación del Gobierno de Navarra ha surgido de forma sutil el papel de las bases. Ha sido más un aviso que un desafío, pero los socialistas navarros lo han querido poner sobre la mesa por si Ferraz está pensando en imponer una abstención que facilite un Gobierno de derechas en Navarra. “Los pactos los decide la militancia”, avisaba el miércoles el secretario de Organización del PSN, Ramón Alzórriz. “El partido tiene órganos federales que tienen atribuidas, por sus normas internas, la última decisión en algunas cuestiones que son determinantes”, replicaba un día después la vicepresidenta Carmen Calvo. Y ambos tienen razón.

Los estatutos del PSOE, modificados en el último congreso para reforzar el papel de las bases frente al aparato del partido, otorgan a la militancia decisiones importantes como la elección directa del secretario general o los pactos de Gobierno. También los de ámbito regional, un recurso con el que el PSN se ha querido blindar frente a posibles imposiciones desde Madrid. Es, afirman, la garantía de que no se repetirá lo de 2007.

Pero los estatutos reconocen también que es el comité federal, el principal órgano del PSOE, quien debe autorizar previamente los pactos. Y sin autorización, no hay consulta. Así que puede darse el caso de que el PSN eleve una propuesta de acuerdo a Madrid que sea rechazada y, por lo tanto, no se pueda someter a consulta. O al revés, que sea Ferraz quien imponga una propuesta que sea rechazada por las bases. Así que si el enfrentamiento en el PSN y el PSOE se enquista, Navarra puede acabar en una situación de bloqueo institucional que se tendría que resolver con nuevas elecciones. - I.F.

Lo que dicen los estatutos

Artículo 53.

1.- Las Comisiones Ejecutivas de nacionalidad, regionales, insulares, provinciales o municipales podrán convocar consultas a la militancia sobre aquellos asuntos de especial transcendencia que se determinen reglamentariamente y que afecten a su ámbito territorial de actuación. La celebración de estas consultas deberá ser previamente autorizada por la Comisión Ejecutiva de ámbito superior a la proponente.

2.- En todo caso, será obligatoria la consulta a la militancia, al nivel territorial que corresponda, sobre los acuerdos de Gobierno en los que sea parte el PSOE o sobre el sentido del voto en sesiones de investidura que supongan facilitar el gobierno a otro partido político.

Artículo 78.

Los programas electorales de nacionalidad o región, la política de alianzas y el desarrollo legislativo deberán ser consultados con la Comisión Ejecutiva Federal y, si hubiera discrepancias, el contencioso será sometido al Comité Federal.