La Fiscalía del Supremo ha pedido a los magistrados del alto tribunal que rechacen el recurso del Gobierno canario por la negativa del Tribunal Superior de Justicia de la región de avalar el cierre perimetral de las islas.

El Ministerio Público ha remitido a la Sala de lo Contencioso del Supremo su escrito de alegaciones ante el recurso de casación del Gobierno de Ángel Víctor Torres contra el auto del TSJ de Canarias, en el que enmienda la posición de la Fiscalía autonómica que sí dio su visto bueno al cierre perimetral.

El Ejecutivo canario decretó el confinamiento perimetral del archipiélago ya que entendía que esta medida junto con la limitación de los grupos son esenciales para controlar la pandemia.

Pero el TSJ de Canarias lo denegó al considerar que no puede avalar el cierre ordenado por el Gobierno canario ante las imprecisiones en sus términos porque consideran que el régimen jurídico establecido por el Ejecutivo es discriminatorio.

Y ahora el fiscal jefe de lo contencioso Pedro Crespo solicita que se inadmita o se desestime el recurso del Gobierno canario, lo que supone no solo enmendar la posición de la Fiscalía autonómica, que se pronunció a favor, sino que también entra en contradicción con su propia actuación, ya que este lunes la Fiscalía del Supremo sí avaló el cierre perimetral de la localidad granadina de Montefrío.

Para ello, justifica su posición en la "falta de fundamentación del interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia", ya que "la discrepancia que el recurso de casación denuncia no se centra, en modo alguno, en la interpretación de la ley, sino en la interpretación -valoración- del contenido concreto de las medidas propuestas".

Dichas propuestas, continúa, "centran la atención de la Sala de Canarias en aspectos específicos del régimen de excepciones a la limitación de movimientos que no son iguales que los que se proponían por los respectivos gobiernos autonómicos en los casos de Baleares, Madrid, Valencia, Extremadura y Galicia, como puede comprobarse mediante la lectura de los autos que la autorizan".

A juicio de la Fiscalía, el TSJ de Canarias "efectúa una valoración de la eficacia de las medidas para la tutela de la salud y la vida, y llega a la conclusión de que, a la vista precisamente del amplio régimen de excepciones y de la falta de certeza o justificación de algunas de ellas, no se asegura suficientemente la tutela de esos derechos fundamentales".

Y, por tanto, "no resulta debidamente acreditada la proporcionalidad en la restricción de las libertades que entran en conflicto con su protección".