La Mesa del Parlamento de Navarra aprobó el pasado lunes, día 26, tres propuestas de modificación de diversas normas, dando así el primer paso en el proceso de reforma y modernización de la organización interna de la Administración Parlamentaria, que se encuentra en fase de negociación con la Junta de Personal de los Funcionarios al Servicio de la Cámara.

En concreto, el órgano de Gobierno de la Cámara, tras oír a la Mesa negociadora convocada por la Presidencia del Parlamento, ha aprobado, en primer lugar, la modificación del Reglamento de organización de la Administración del Parlamento de Navarra, así como las normas que regulan el régimen del teletrabajo, y por último la adecuación del Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal.

La modificación del Reglamento de organización de la Administración del Parlamento de Navarra tiene por objeto dotar a la Administración Parlamentaria de una nueva estructura organizativa de los servicios y reorganizar sus funciones.

Para ello, se han reorganizado los servicios de la Cámara y modificado las competencias de los mismos, y se distribuyen en cinco unidades administrativas: Servicios Jurídicos, Servicios Generales, Servicio de Publicaciones, Archivo, Biblioteca y Documentación, Servicio de Intervención y Asuntos Económicos y el Servicio de Informática, Sistemas Audiovisuales y Tecnología.

Asimismo, se ha aprobado la creación de la sección de Prensa y la sección de Protocolo, dependientes ambas de la Secretaría General; la sección de Gestión Parlamentaria, perteneciente al Servicio Jurídico, y la sección de Sistemas, dentro del Servicio de Informática, Sistemas Audiovisuales y Tecnología.

El proceso para la reorganización continuará el próximo período de sesiones (2021-2023), con el debate y la negociación de, entre otras cuestiones, la modificación del Estatuto de Personal, el Reglamento sobre contratación de personal, con carácter temporal y el Reglamento sobre movilidad horizontal interna-

En cuanto a las normas que regulan la realización de la jornada laboral del personal del Parlamento de Navarra a su servicio en régimen de teletrabajo, se propone dotar de estabilidad a las normas aprobadas al amparo de las medidas de contención extraordinarias al plan de contingencia ante el Coronavirus (Covid-19), que prevén el término de su vigencia a la finalización de dicho plan.

A este respecto, la prestación de servicios en régimen de teletrabajo será voluntaria, salvo en casos excepcionales que así se aconsejen, y el personal que se acoja a dicho régimen tendrá los mismos derechos y deberes que el resto del personal que realice su jornada de trabajo íntegramente mediante servicios presenciales.

En lo que al Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal al servicio del Parlamento de Navarra se refiere, se adecua la norma vigente incorporando las diferentes medidas de conciliación reconocidas para los empleados públicos en la legislación básica ya contempladas en el decreto foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las administraciones públicas de navarra, así como la reciente modificación por el Decreto Foral 29/2021, de 21 de abril.