Driss Oukabir, condenado por los atentados yihadistas del 17 de agosto de 2017 en Cataluña, se ha servido también de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que supuso la excarcelación del etarra Xabier Atristain para pedir a la Audiencia Nacional que anule su procedimiento por vulneración de derechos.

Tras este pronunciamiento del TEDH, conocido como doctrina Atristain, varios condenados por terrorismo, como es el caso de la exdirigente de ETA Iratxe Sorzábal o ahora Driss Oukabir, han esgrimido los argumentos de este tribunal para intentar conseguir una absolución al considerar que sus casos son similares.

El TEDH, con sede en Estrasburgo, dictaminó que no permitir a Atristain elegir abogado cuando fue detenido en 2010 en régimen de incomunicación pudo impactar en su confesión inicial y en el juicio posterior, y condenó a España a indemnizarle con 12.000 euros por daños morales y 8.000 en concepto de gastos y honorarios. Salió de prisión el pasado mes de febrero.

La defensa de Oukabir cree que su caso es idéntico porque, sostiene, se le privó de "posibilidad alguna de designar un letrado de su elección" mientras estuvo en régimen de incomunicación, según expone en un escrito dirigido a la Sala de Apelaciones, que revisa la sentencia que lo condenó desde hace un año.

La sección tercera de lo Penal impuso a Driss Oukabir, quien alquiló la furgoneta con la que se perpetró el atropello masivo de Las Ramblas (Barcelona), 46 años de cárcel por delitos como pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito o fabricación de explosivos o estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

Oukabir recurrió ante la Sala de Apelaciones y ahora ha presentado un escrito de ampliación, al que ha tenido acceso Efe, en el que solicita la nulidad de las actuaciones y, en consecuencia, su absolución en base a la doctrina Atristain.

Aduce que no ha tenido un juicio justo dado que se le impuso un abogado de oficio con el que "no se le permitió" reunirse y que tampoco se justificó "la necesidad de restringir" su acceso a un letrado de su elección.

Indica también el escrito que Oukabir no dispuso de información sobre el caso por el que fue detenido y que tampoco firmó la declaración que prestó tras su arresto.

Los atentados terroristas de Las Ramblas y Cambrils (Tarragona) causaron 16 muertos y 140 heridos y la sentencia que dictó la Audiencia Nacional está recurrida tanto por los condenados como por las víctimas que ejercieron la acusación.