La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha rebajado en cuatro meses la condena impuesta en el Juzgado de lo Penal 2 de Pamplona a Unai S.V., vecino de Abaurrea Baja de 26 años, por haber atropellado mortalmente al joven Pablo Salinas Cervera, de 33 años, en mayo de 2021 cuando este atravesaba un paso de peatones en la avenida Bayona de Pamplona.

Así, la Audiencia deja la pena en 5 años y 4 meses de prisión por un delito de conducción bajo la influencia del alcohol y drogas en concurso de normas con un delito de conducción temeraria y ambos en concurso con un homicidio por imprudencia grave, cuando la juez le había impuesto 5 años y 8 meses.

Además, el tribunal le absuelve de la condena por la indemnización de 17.000 euros que se le impuso para reparar el daño moral causado a los padres y la hermana del fallecido. La sentencia de la Audiencia puede ser recurrida a la Sala de lo Civil y Penal del TSJN.

La Sala atiende parte del recurso de la defensa del procesado en el sentido de graduar de otro modo la pena correspondiente por un delito de homicidio por imprudencia grave, cuyo marco punitivo es de 2,5 a 4 años de cárcel, según el Código Penal.

Al aplicarle la atenuante de reparación del daño, por haber consignado en el juzgado 10.000 euros, "un pago significativo pero parcial", y "atendiendo a la propia gravedad del hecho, estimamos prudencialmente fijar una pena de prisión de 3 años y 8 meses", dice la Audiencia, en lugar de los 4 años inicialmente impuestos.

Además, le condenan a otros 20 meses por abandono del lugar y fuga, donde se le aplica atenuante de embriaguez y consumo de tóxicos, una circunstancia que le afectaba de carácter leve ya que "no le impidió tomar decisiones de entidad, no auxiliar a la víctima en primer lugar, ni interesarse por ella, y después intentar ocultarse".

La Audiencia entiende que, en el caso de la indemnización de 17.000 euros que le retira una vez que la compañía de seguros había cubierto las cantidades por la trágica pérdida, no cabe el incremento de esa cantidad.

Dice la Audiencia que "el Ministerio Fiscal justificó el incremento en que se derivaba también del delito de abandono del lugar del accidente por el que el acusado ha sido condenado, tesis que no podemos compartir pues del delito de del Código Penal no se deriva responsabilidad civil para su autor que haya de sumarse a la consecuente al homicidio imprudente cometido, ya que, como recuerda el Supremo, los daños morales están incluidos en las indemnizaciones con cargo al seguro obligatorio".

En el juicio, el acusado reconoció los hechos que se le imputaban, que circulaba a unos 108 km/h, que atravesó el semáforo en rojo y que conducía tras haber bebido alcohol y consumido cocaína. En la vista pidió perdón a la familia y a la sociedad: "Admito lo que hice y asumo la responsabilidad. Lo siento mucho, es algo que arrastraré toda la vida y ojalá nunca más se produzca una muerte así. Chirrié las ruedas en una rotonda, me asusté al escuchar a la Policía que me seguía y mi impulso fue acelerar. Cuando el chico pasaba el paso, no me fijé porque estaba pendiente de mirar atrás".

Cuestionado por el motivo por el que no detuvo el vehículo de inmediato, confesó: "Me entró un ataque de pánico y de ansiedad. No sabía qué hacer ni cómo abordar la situación". Así que siguió huyendo hacia delante hasta aparcar en la calle Monasterio de Irache, junto a las dependencias de la Policía Municipal de Pamplona. Y de ahí huyó a pie hasta unos arbustos de Trinitarios. "La hemos liado", dijo al llegar los agentes.

Imposible de evitar

Los hechos del escrito acusatorio señalan que "sobre las 00.00 horas del 28 de mayo de 2021, el acusado conducía su vehículo después de haber ingerido bebidas alcohólicas (arrojó un resultado positivo de 1,56 mg. de alcohol por litro de aire espirado a la 1.16 horas), cocaína y MDMA, influenciado por la ingesta de esas sustancias en las horas previas y constituyendo un riesgo para la circulación".

Además, el acusado circulaba a gran velocidad, accediendo desde la calle La Rioja a la Avenida de Barañáin sentido Plaza de Europa haciendo chirriar sus ruedas, lo que alertó a una patrulla de Policía Municipal de Pamplona. Al percatarse de la presencia del vehículo policial, aceleró y circuló a gran velocidad, superando los 100 km/h.

El agente que le persiguió declaró ayer en el juicio que inició la acción al transitar por el hotel Iruña Park y oir un ruido fuerte, Luego solo vio el coche al salir de la rotonda y lo perdió de vista.

Al llegar al paso de peatones situado a la altura del número 39 de la Avenida de Bayona, el acusado, pese a que el semáforo para vehículos se hallaba en fase roja, generando un grave riesgo para la circulación, continuó circulando a gran velocidad, sin aminorar la marcha, rebasando el semáforo mientras todavía se encontraba en fase roja, circulando por el carril izquierdo y pese a que había un camión de recogida de basura parado en el carril derecho.

En ese momento la víctima estaba atravesando dicho paso de peatones, dado que su semáforo se encontraba en fase verde, siendo arrollado por el vehículo del acusado. "Fue imposible que el chico reaccionara", testificó el encargado de la basura.