pamplona. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha condenado a BBVA a devolver las cantidades invertidas para la compra de las Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS) de Eroski a las 68 personas representadas en la demanda colectiva presentada por Adicae al considerar que realizó una comercialización "defectuosa" del producto. La sentencia es recurrible, pero supone, a juicio de los afectados, un elemento de esperanza. Más de un millar de personas compró en Navarra un producto similar a las preferentes y sobre el que Eroski ha ofrecido una quita del 30%.

En la resolución, en la que se desestiman las acciones de nulidad de las condiciones generales de contratación por abusivas y no se aprecia publicidad engañosa, se absuelve a Eroski, emisor del producto.

El juez estima íntegramente las pretensiones de nulidad de los contratos ejercitadas por los demandantes, quedando anulados todos los contratos de comisión para la compra de las AFS (emisiones 2004 y 2007) y de depósito y administración de estos valores celebrados entre las partes. Por ello, condena al BBVA a reintegrar a los particulares las cantidades recibidas para la compra de las AFS, comisiones y gastos. Por su parte, los clientes deberán reintegrar a la entidad financiera los intereses.

En cambio, se desestiman íntegramente las acciones de nulidad de las condiciones generales de la contratación por "abusivas", así como la de cesación de publicidad ilícita. El juez entiende que los contratos formalizados para la compra de AFS quedan "anulados", ya que la entidad e no informó a los clientes minoristas "de forma clara y comprensible del riesgo que corrían de perder todo o parte del capital invertido".