¿Qué supone la publicación del último listado del Gobierno del Estado con las inmatriculaciones correspondientes al periodo 1998-2015 para quienes lleváis tantos años investigando este asunto? ¿Por qué ha tardado tanto tiempo en salir a la luz?

-El Gobierno del Estado quiere cerrar en falso este expolio en sintonía con la Conferencia Episcopal. Pretenden dar el asunto por finiquitado. "El caso de las inmatriculaciones de la Iglesia está cerrado", celebra exultante el periódico digital Religión confidencial. El 9 de febrero de 2017 la plataforma 'Recuperando' presentó una iniciativa en el Congreso para que el Estado recabase el listado de los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica al amparo del derogado art. 206 de la Ley Hipotecaria. El artículo 206 de la reforma de la Ley Hipotecaria de 1946 asimila la Iglesia a las administraciones públicas y el art. 304 del Reglamento Hipotecario de 1947 convierte a los obispos en notarios. La derogación de estos artículos en 2015 anula estos privilegios inconstitucionales de la Iglesia. Esta iniciativa la convirtió el PSOE en una PNL (proposición no de ley) que se aprobó en abril de 2017. Finalmente, tras una rocambolesca trayectoria, se hace público el listado. La importancia de este listado estriba en que pone claramente de manifiesto sus límites: no se sabe nada de las inmatriculaciones anteriores a 1998 que, por los datos que tenemos, son más que las posteriores. Mientras no dispongamos de las notas simples de todo el período (1946 a 2015) no podremos conocer el detalle de los bienes inmatriculados. Ni siquiera se pueden identificar muchos de esos bienes.

¿Ha existido un pacto de no agresión entre el Estado y la Iglesia?

-Se ha publicitado que la vicepresidenta del Gobierno ha tratado este tema con Pietro Parolin, secretario de Estado del Vaticano, y con Juan José Omella por parte de la Conferencia Episcopal Española. Ellos han dicho que estaban tratando este tema. Hoy, los discursos del Gobierno y de la jerarquía católica son paralelos. No parece arriesgado afirmar que han encontrado un acuerdo resultado de una negociación. Entendemos que a la Conferencia Episcopal le interesa zanjar esta cuestión pero no entendemos qué persigue este gobierno contraviniendo sus propios programas electorales, el programa del gobierno de coalición y las palabras textuales de Pedro Sánchez en su discurso de investidura.

¿Qué información realmente dispone el Estado sobre las inmatriculaciones?

-Según los documentos que intercambian entre el Director General de los Registros y del Notariado y el Decano-Presidente del Colegio de Registradores, a principios de 2018 el Ministerio de Justicia disponía de las notas simples del período 1998 a 2015. No se hacen públicas porque la respuesta del Gobierno al Congreso se hipoteca a la negociación con la jerarquía eclesiástica y hasta alcanzar un acuerdo todo es secreto.

¿Creéis que han existido presiones por parte del Gobierno para que no trascienda esta información al completo?

-Si tenemos en cuenta que el Gobierno ha incumplido los programas electorales de los dos socios, el programa del gobierno de coalición y muy específicamente el compromiso asumido por Pedro Sánchez en el debate de investidura, tenemos que pensar que las presiones han sido fuertes.

¿Cuál cree que sería la salida más digna para la Iglesia en este momento?-

Retirar todas las inmatriculaciones y, a continuación, inscribir todos aquellos bienes de los que tenga título de dominio suficiente con las cautelas que el Registro impone a cualquier particular. Y de paso pedir disculpas por los bienes vendidos o convertidos en ruinas.

¿Habéis cotejado los últimos datos con otras fuentes?

-Sí. Hemos cotejado estos datos con los que teníamos. En 2008 el Ministerio de Justicia trasladó al Parlamento de Navarra las notas simples de las 1.087 inmatriculaciones realizadas entre 1998 y 2007. El cotejo es complicado. Los listados no dan información de la fecha de inmatriculación. De las que figuran en el listado, no sabemos cuáles son posteriores a 2007. Encontramos 53 inmatriculaciones que no están entre las de 1998 a 2007. ¿Son estas las realizadas entre 2008 y 2015? Por otra parte, 64 inmatriculaciones identificadas entre 1998 y 2007 no aparecen en el listado presentado ahora por el Gobierno. Sabemos que algunas de ellas corresponden a bienes que han sido vendidos, otras han sido anegadas; pero habrá que continuar esa investigación.

¿La mayoría de los bienes corresponden a ayuntamientos o a los pueblos?

-Los bienes de las entidades locales, de los pueblos de Navarra se clasifican en bienes de dominio público, bienes comunales y bienes de dominio privado o patrimoniales. Sea cual sea su naturaleza, los ayuntamientos y concejos deben velar por la conservación, defensa, recuperación y mejora de los bienes y derechos de su patrimonio, y tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de los mismos (art.110.1 de la Ley Foral 6/1990). La nueva disposición adicional decimoséptima introducida por la Ley Foral 4/2019, de reforma de la Administración Local de Navarra dice: "En desarrollo de lo establecido en el apartado 1 del artículo 110 de la presente ley foral, las entidades locales de Navarra deben procurar la recuperación del patrimonio inmatriculado al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria".

¿Podemos detallar el total de inmatriculaciones que ha habido en Navarra

-Según los datos proporcionados por el Ministerio de Justicia al Gobierno de Navarra el 11 de diciembre de 2018, las inmatriculaciones realizadas en Navarra entre 1946 y 1998 ascienden, una vez depuradas las más de 1.500 referencias, a 1.431. El listado presentado ahora por el Gobierno presenta 1.034 inmatriculaciones en Navarra. Lo que nos daría 2.465 inmatriculaciones. Ahora bien, si tenemos en cuenta que muchas inmatriculaciones incorporan varios bienes, estimamos que el número de bienes inmatriculados ronda los 5.000. Queda mucho trabajo por realizar para conocer el volumen y detalle de este expolio monumental. Hay que tener en cuenta que los listados no incorporan información sobre la fecha de inmatriculación. En consecuencia, el análisis temporal de las inmatriculaciones sólo se puede realizar si se dispone de las notas simples.

¿De cuantas se dispone de toda la información completa?

-De las 1.087 inmatriculaciones realizadas entre 1998 y 2007 disponemos de notas simples de 780. Los Registros 3 y 8 de Pamplona, que totalizan 307 inmatriculaciones, sólo presentaron listados. A ellas habríamos de añadir alrededor de un centenar que obtuvieron directamente varios ayuntamientos. Esperamos que la ejecución de la moción parlamentaria de 7/3/2019 nos permita, al fin, disponer de las notas simples de todas las inmatriculaciones.

¿Ha liderado Navarra la campaña en contra de las inmatriculaciones de la Iglesia?

-Podemos atribuirnos un importante liderazgo. José Mari Esparza (Fundación Altaffaylla) descubre a primeros de 2017 la inmatriculación de Santa María de Tafalla. Ahí arranca todo: un gran movimiento, sobre todo municipalista, permite que antes de finalizar el año se constituya la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro. En 2008 obtenemos las notas simples de las 1.087 inmatriculaciones realizadas entre 1998 y 2007. Con esa información, en noviembre de 2009 publicamos 'Escándalo monumental'. A finales de 2016 convocamos a otras organizaciones y en el encuentro se constituye en Pamplona la Coordinadora Recuperando (agrupa a 30 organizaciones). A finales de 2008 obtenemos el listado de las 1.500 inmatriculaciones realizadas entre 1946 y 1998. No sentimos orgullosos del trabajo realizado.

¿La mayoría de las casas parroquiales de Navarra están inmatriculadas?

-La inmatriculación de casas parroquiales ha sido muy intensa. ¿Todas? No lo sabemos y, lamentablemente, no lo sabremos porque muchas de ellas han sido vendidas (Gorrontz-Olano, Ilarregi, Iribas, Ibiriku, Murillo el Fruto, Garde, Elkarte, Orokieta, Vidaurre e incluso la casa de la maestra en Ziritza) y, en consecuencia, ya no aparecen ni en los listados ni en las notas simples.

¿Se conoce algún ayuntamiento que haya ganado algún litigio?

-Son muy pocos los litigios que se inician y se sostienen, y algunos se han ganado. La más importante es la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que nos ha dado la razón en el caso de Rivas de Campos (Palencia) y que califica las inmatriculaciones de una vulneración continuada de los derechos humanos: es muy importante pero en un litigio que duró casi veinte años. Pensamos que no es este el camino aunque respetamos el derecho de instituciones o particulares a defender ante los tribunales sus derechos.

¿Hay también apropiaciones de bienes de particulares?

-Tenemos denuncias concretas que así lo atestiguan pero la inmensa mayoría son bienes de dominio público o comunales. La inmatriculación, primera inscripción en el Registro, no procede si existe un titular anterior. Otra cosa es que la Iglesia ha sido sospechosamente respetuosa con los bienes, iglesias incluidas, de los señoríos: Oriz, Ayanz, Zeligeta, Etxalatz, Liberri, Arielz, Gorraiz y Otazu.

¿Cuál ha sido el objetivo de la Iglesia en toda esta operación?

-Atesorar. Luego se podrá conseguir una indemnización de 1.679.019 euros por los bienes inmatriculados anegados por el embalse de Itoiz en Artozki, Itoiz, Muniain, Nagore y Orbaiz. Se podrán vender iglesias, casas del cura, etcétera. Se podrán montar en ellos negocios que, además no tributan. Pero, y es lo más grave, en muchos casos se abandonan convirtiéndolos en ruinas.

Abogáis porque el Gobierno de España decrete o haga una normativa que posibilite la recuperación de estos bienes y evite que haya miles de recursos. ¿Qué creéis que va a ocurrir?

-No estaría mal que el Estado cumpliese los programas electorales de los dos socios, el programa del gobierno de coalición y muy específicamente el compromiso asumido por Pedro Sánchez en el debate de investidura de enero de 2020: realizar las modificaciones legislativas oportunas para facilitar la recuperación de los bienes que hayan sido inmatriculados por la Iglesia. Las inmatriculaciones son nulas y la nulidad no es negociable. El Gobierno de coalición elude pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de las inmatriculaciones para no tener que declarar su nulidad.

¿Cuáles son las inmatriculaciones que más os han sorprendido?

- Una inmatriculación es la inscripción de un inmueble por primera vez en el Registro de la Propiedad. Han resultado especialmente vergonzosas las inmatriculaciones que han terminado en desahucios de sus moradoras. Llaman la atención las 86 inmatriculaciones de Esteribar, 75 de Baztan, 61 de Guesalaz, de Lónguida y de Yerri, 53 de Allín; más de 40 de Sesma, Arce, Cizur, Egüés, Gallues y Lizoain-Arriasgoiti. A ello hay que añadir 50 cementerios y la Iglesia, cuando inmatricula, se apropia del continente y del contenido; en consecuencia, -eso defienden- los muertos son suyos; como es suyo el corazón de Carlos II el Malo por la inmatriculación de Santa María la Real de Ujué.

¿Y en el resto del Estado, cuáles son las más importantes?

-Hay inmatriculaciones emblemáticas: la Mezquita de Córdoba, la Giralda de Sevilla, el prerrománico asturiano, muchas iglesias mudéjares de Aragón, la mayoría de las catedrales pero también la plaza de los Santos Niños en Alcalá de Henares, los kioscos del Gran Capitán y de San Hipólito en Córdoba, un campo de fútbol y un parque infantil en Eskoriaza, el cementerio de la Palma en Cartagena... Son también relevantes las que han tenido que devolver por sentencias judiciales: San Juan de los Panetes en Zaragoza o las murallas de Artà en Mallorca. Y, por su volumen, las inmatriculaciones de Castilla-León y Galicia.

¿En qué estado de conservación se encuentran muchos de estos edificios? ¿Puede ocurrir como en Sesma que el Ayuntamiento no puede hacerse ahora cargo de la ermita?

-Las iglesias de pueblos en dinámica de abandono son o serán en poco años ruinas. La financiación del mantenimiento de esos bienes debe ser asumida por las administraciones públicas siempre y cuando la titularidad de esos bienes haya sido previamente devuelta a los pueblos.

¿Cuál es la mejor vía para obtener toda la información que manejan los registros de la propiedad? ¿Quién puede acceder a ellos?

-En principio, según su web no existe requisito alguno para solicitar una nota simple. Pero no podemos ignorar la complicidad de algunos registradores con la Jerarquía de la Iglesia. Hemos tenido que recurrir al Defensor del Pueblo y a los tribunales ante actuaciones impresentables de algún registrador. Sabemos que el Gobierno de Navarra lleva meses haciendo gestiones ante el Decano del Colegio de Registradores y ante los distintos Registros para ejecutar la moción del Parlamento Foral de 7 de marzo de 2019 que le demandaba solicitar las notas simples de todas las inmatriculaciones. Sabemos que algunos Registradores han respondido, pero no todos.

¿Qué instituciones tienen también acceso a información registral?

-Son los Registradores los que disponen de información de los bienes. Ahora bien, sus superiores jerárquicos, Dirección General de los Registros y del Notariado y Ministerio de Justicia los pueden requerir en cualquier momento. Sin una identificación suficiente de un bien (y eso lo aporta la nota simple) no es posible iniciar ninguna acción ante los tribunales. En una nota se conoce el municipio, entidad de población, fecha de emisión de la certificación, fecha de inscripción, título, títular, tipo de bien, Invocación, descripción, referencia catastral, superficie, dirección....

¿Qué ocurre con los religiosos o sacerdotes que viven en esas propiedades?

-No cuestionamos el uso religioso de los bienes inmatriculados sino su titularidad.

¿Se sabe a cuanto asciende este patrimonio a nivel de todo el Estado?

-Hablamos de más de 100.000 bienes y entre ellos muchos de valor incalculable. ¿Cuánto vale la Mezquita de Córdoba, la Giralda de Sevilla, la catedral de Burgos y la de Pamplona y la de Tudela€? ¿Cuánto vale la fortaleza de Ujué? Para la iglesia, 30 monedas de un euro (lo que le costó a la iglesia el trámite de la inmatriculación).

¿Qué tipo de alternativas sociales, culturales o religiosas podrían tener muchos de estos edificios?

-Los bienes no religiosos, los usos de siempre, pero de propiedad pública. Las iglesias y ermitas, para el culto. Y para los cientos de iglesias semiabandonadas los usos que deseen los vecinos y vecinas, que son los que las levantaron.