El 14 de septiembre concluye el plazo para que asociaciones y entidades sin ánimo de lucro presenten sus solicitudes a la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos dirigidos a promover la igualdad entre mujeres y hombres. El Ayuntamiento de Pamplona ha ampliado en un 15% la cuantía destinada a estas ayudas que alcanza este año los 150.000 euros. El pasado año se subvencionaron proyectos, programas y actividades de 22 asociaciones con un total de 130.000 euros.

Esta convocatoria se concibe como una herramienta de apoyo a las actuaciones realizadas por las asociaciones de mujeres, colectivos feministas y otras entidades sin ánimo de lucro desde el ámbito municipal. Se trata de actuaciones por la igualdad de género, el cambio de valores, el empoderamiento de las mujeres y niñas en todos los ámbitos de la vida, la revalorización de los cuidados y la eliminación de la violencia contra las mujeres y niñas en cualquiera de sus manifestaciones, favoreciendo el ejercicio pleno de los derechos de ciudadanía de todas las mujeres y las niñas. Asimismo, se busca apoyar el avance del conocimiento, la investigación y la difusión de estudios y documentación que favorezcan los aspectos anteriores, tal y como se recoge en el III Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Pamplona.

Se recomienda dar prioridad al desarrollo de proyectos con actividades on line y el uso de recursos en internet o bien disponer de un plan alternativo a las actividades presenciales ante posibles incidencias sanitarias derivadas de la covid-19. Los proyectos dirigidos a la ciudadanía considerarán las normas de obligatoriedad de distancia social, uso de mascarillas, desinfección, medidas de higiene y cuantas normas sean publicadas y recomendadas por las autoridades sanitarias y municipales.

Modalidades y tipos de proyectos

Se establecen dos modalidades para recibir las ayudas, dotadas respectivamente con 65.000 y 85.000 euros. En la modalidad 1, cada entidad podrá obtener subvención para la realización de un proyecto. En el caso de que ese proyecto se desarrolle en cualquiera de los barrios de la ciudad, se podrá solicitar subvención para un segundo proyecto en la Casa de las Mujeres. En el caso de que sean proyectos on line, si son dos, uno de ellos deberá poder integrarse en la programación de la Casa de las Mujeres. En la modalidad 2, cada asociación de forma individual o agrupada, podrá presentar un solo proyectos que podrá desarrollarse o no en la Casa de las Mujeres. Si una asociación solicita subvención para un proyecto en la modalidad 2 no podrá optar a presentar otro en la modalidad 1.

Los proyectos que opten a subvención deberán enmarcarse en objetivos como la generación de vías para la consecución de la autonomía y el empoderamiento de las mujeres y las niñas; la transformación de los valores del patriarcado y los modelos que sustentan la desigualdad y la violencia de género; el fomento del liderazgo y la recuperación del protagonismo y la visibilidad de las mujeres y niñas; o la promoción de actitudes positivas y activas en la gestión de la salud y la calidad de vida de las mujeres y jóvenes, entre otras. Las asociaciones o colectivos que se quieran presentar deben estar legalmente constituidos y registrados, tener domicilio fiscal y social en Pamplona, carecer de ánimo de lucro, cumplir las obligaciones tributarias y de Seguridad Social o disponer de una estructura de funcionamiento que garantice el cumplimiento de lo propuesto.

Gastos subvencionables

Las solicitudes se deben presentar de forma telemática, a través del trámite ‘Solicitud electrónica de subvenciones para personas jurídicas’ publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona en www.pamplona.es. Las solicitudes se valorarán atendiendo a dos criterios: por una parte, a criterios relacionados con la entidad o entidades solicitantes (ser asociación, colectivo o agrupación de mujeres y/o feministas); y por otra, aspectos relativos al proyecto, como su calidad técnica, el aprendizaje y cambio de valores que promueva, o la inclusión de criterios de sostenibilidad económica, ecológica y medioambiental.

Se subvencionará gastos directos asociados al proyecto, como gastos de ponentes externas o personas en plantilla de la asociación que ejecuten actividades como ponentes, conferenciantes, talleristas o responsables de cuidado infantil; gastos de materiales fungibles y publicidad de la actividad seleccionada; gastos de locales para la actividad subvencionadas y alquiles de equipamientos; gastos en equipamiento informático; o gastos derivados de la atención a personas dependientes durante el desarrollo de la actividad, entre otros. Asimismo, se podrá incluir gastos indirectos como los gastos de planificación, gestión y administración; el alquiler del local de la entidad o el mantenimiento o compra de dominios y espacios web; y los consumos de luz, agua y servicios de telefonía e internet.