Navarra debe pagar el 1,6% de los intereses y cuotas de amortización de las deudas del Estado que ha contribuido a generar por las cargas no asumidas por la Comunidad Foral. Es decir, no debe pagar la parte de la deuda estatal que no ha generado con los servicios asumidos y financiados a través de sus ingresos y su deuda foral. Por ello, el art. 54-2-c del Convenio Economico debería quedar redactado, por ejemplo: “Los intereses y cuotas de amortización de las deudas del Estado a las que Navarra ha contribuido a generar por sus cargas no asumidas”.Haciendo un cálculo a grosso modo podemos decir que si las cargas del Estado no asumidas son el 20% del total de gastos de la Comunidad Foral, ésta debería pagar ese porcentaje del total de intereses y cuotas de amortización de la deudad estatal, unos 28,7 millones de euros en lugar de los 143,5 actuales.