PAMPLONA. Con la modificación del Decreto Foral 8/2010, prevalecerá el documento nacional de identidad (DNI) o el número de identidad de extranjero (NIE) sobre el NIF.
La Administración tributaria, cuando detecte que una persona física dispone simultáneamente de ambos documentos, notificará al interesado la pérdida de validez del NIF y pondrá en su conocimiento la obligación de comunicar el número correspondiente al DNI o NIE.