El Gobierno de Navarra ha acelerado la puesta en marcha de una medida de transparencia que lleva casi una década parada: la regulación en la Comunidad Foral de los grupos de interés, los lobbys, las organizaciones que tratan de influir en la toma de decisiones que hacen los políticos.
Es una medida que nació en la legislatura entre 2015 y 2019, los tiempos del Gobierno de Barkos, el desalojo de UPN tras décadas en el poder y la ola de abrir ventanas y levantar alfombras que tanto repetían los políticos que entonces estaban en la oposición después de la última legislatura de Barcina y especialmente la de Rajoy, salpicada de casos de corrupción.
El Gobierno de Navarra, ocho años después, ha empezado los trabajos para redactar el decreto foral que dará amparo a un registro de lobbys, algo así como un listado en el que tendrán que inscribirse personas y organizaciones que se dediquen en todo o en parte a influir directa o indirectamente en los procesos de elaboración de políticas públicas.
El registro estaba previsto ya en la última ley de Transparencia, aprobada en 2018, pero desde entonces el debate fue quién debe gestionar el registro. Tras varios años en los que se sabía poco del tema, al final será un decreto del Gobierno el que ponga en marcha un registro que estará gestionado por la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción (OANA). La medida llega, además, en pleno debate sobre el papel de los lobbys en la política estatal, donde su papel está mucho menos claro que en las instituciones europeas, donde los lobbys llevan décadas naturalizados y operando a la vista de todos de acuerdo a unos criterios más o menos claros.
El Gobierno de Navarra ha abierto la posibilidad de participar en la redacción del decreto mediante un proceso web que estará disponible hasta el 30 de junio. El Ejecutivo justifica la medida por la existencia de organizaciones con “ideas e intereses” que tratan de llevarlas a la práctica mediante el ejercicio de una “posición de influencia”.
“La cultura de la transparencia exige no sólo que las instituciones sean transparentes en sus procesos de toma de decisión sino también que, recíprocamente, aquellos grupos que traten de influir en las mismas sean suficientemente conocidos, ejerzan su actividad de influencia en procesos que se desarrollen con la suficiente visibilidad y que, además, en la promoción de los intereses que representan se comprometan a asumir y respetar unas pautas éticas de conducta que aseguren la legitimidad de su intervención”, indica el Ejecutivo en un informe.
Decreto y registro
El decreto dispondrá, como mínimo, lo siguiente: creación del registro, con nombre del grupo de interés, con su dependencia orgánica y funcional; criterios de clasificación de las personas y las organizaciones que deben inscribirse en él; niveles de la información requerida a cada uno de los declarantes; contenido detallado del código de conducta al que los grupos de interés han de someter su actividad; procedimiento de inscripción, así como los de investigación y tramitación de las denuncias; y, en fin, los órganos competentes para la imposición de las sanciones de suspensión y cancelación de las inscripciones en el registro.
A su vez, el registro que emanará de ese decreto incluirá como mínimo una relación, ordenada por categorías, de personas y organizaciones que actúan con el fin de influir en la elaboración y aplicación de las políticas públicas, así como la sede de su organización. Esas personas y organizaciones deben suministrar información en relación con las actividades que realizan, con su ámbito de interés y con sus fuentes de financiación, así como con los fondos públicos recibidos. El registro tendrá, además, un código de conducta común, un sistema de control y fiscalización que incluirá mecanismos de denuncia, y tendrá que servir información pública de las actuaciones de los grupos de interés, especialmente de las reuniones y audiencias celebradas con altos cargos o asimilados, y de las comunicaciones, los informes y otras contribuciones en relación con las materias tratadas.
Además, los lobbystas tienen que comprometerse a no tratar de obtener la información o influir en la toma de decisiones de forma deshonesta, no incitar, por ningún medio, a autoridades, cargos públicos, diputados o funcionarios a infringir la ley o las reglas de comportamiento establecidas por el código de conducta. En caso de que esto se incumpla, puede haber sanciones que además también se harían públicas. Todas las personas podrán denunciar conductas inapropiadas.