El acusado, vecino de Cintruénigo de origen búlgaro, decidió que, aunque ya tuviera su nómina domiciliada en otra entidad, era momento de ahorrar y, con dicha justificación, explicó por qué abrió otra cuenta corriente en una oficina bancaria distinta. No pretendería ahorrar grandes dinerales, pues al comienzo solo aportó 50 euros como cuota inicial. Era el 13 de marzo de 2019. Tres días después, pese a que en la cuenta solo había 50 euros, solicitó al banco que le emitiera hasta 20 tarjetas de crédito/débito asociadas a la misma. Y el 25 de marzo de 2019 dicha libreta empezó a ser un hervidero de dinero como la banca del Monopoly. 

Para que los euros llegaran hasta su patrimonio, según la sentencia de la Audiencia de Soria, el acusado, en connivencia con otras personas, se sirvió del llamado SIM-swapping, en este caso, el duplicado de la tarjeta SIM del móvil que le efectuaron a una vecina de Cartagena (Murcia), tras presentar en una tienda de telefonía una fotocopia del DNI y una autorización ficticia a su nombre. Consiguieron de esta forma tener acceso al móvil de la víctima sin su consentimiento y accedieron al área de clientes de su banca online con sus credenciales. Luego, varias personas que colaboraban con el procesado hicieron dos transferencias a la cuenta que el vecino de Cintruénigo se había abierto con solo 50 euros. En este caso recibió 29.900 euros a toda velocidad. Entre las 19.04 y las 19.05 horas dieron luz verde a las dos operaciones. La culminación de la estafa requería de que aquel dinero se extrajera de algún modo sin dar pistas. Así se hizo. Con las tarjetas asociadas a su cuenta que había pedido el procesado, una persona extrajo el dinero en un cajero de Albacete, en la calle carretera de Madrid, y en otro de la misma ciudad manchega en la calle Martínez de Villena. Los 30.000 euros habían sido retirados en cinco extracciones de dinero en solo 12 minutos, entre las 19.17 y las 19.29 horas

Él no es la víctima

Por estos hechos, ese vecino de Navarra ha sido condenado recientemente en la Audiencia de Soria a seis meses de prisión y a indemnizar con 30.000 euros a la entidad bancaria, que a su vez ya pagó en su momento al matrimonio de Cartagena perjudicado por los hechos. Para el tribunal no existen dudas acerca del conocimiento y de la participación del acusado en los hechos delictivos. De hecho, ni siquiera comunicó al banco los movimientos que se producían en su nombre y en su cuenta, que él dijo en el juicio, como argumento exculpatorio, que desconocía. No es víctima, concluye la Sala, sino que es culpable.

El SIM swapping consiste en utilizar la línea duplicada del móvil para autenticarse, conseguir las claves y recibir mensajes SMS con los códigos de verificación de la banca en línea de las víctimas. A partir de ahí, acceder a la cuenta y realizar las transferencias ya que en el momento de realizar la operación, los mensajes que el banco remite al cliente para autenticación se reciben en el dispositivo con la tarjeta de telefonía duplicada.