El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó el pasado enero que el plazo de prescripción para reclamar la devolución de los gastos de un préstamo hipotecario debe contar desde que el consumidor tuvo conocimiento de su abusividad. Pero esta sentencia, lejos de dar carpetazo a un conflicto que se alarga desde 2019, sigue dejando abierta a la interpretación la fecha concreta de prescripción. “Te pueden decir, tienes 15 días desde tal fecha o desde un dato objetivo. Pero Europa viene a decir desde que el consumidor tenga conocimiento. ¿Y cuándo fue consciente?”, cuestiona Kepa Loizaga, delegado de la OCU en Euskadi.

El primer tribunal que ha emitido una resolución en base a lo dictaminado por el TJUE ha sido la Audiencia Provincial de Barcelona, que esta misma semana ha concluido que la fecha desde la que empieza contar la prescripción para reclamar a la banca la compensación de cláusulas hipotecarias abusivas se sitúa en enero de 2017. Pero esta resolución no afecta a Navarra, cuya Audiencia Provincial ya fijó que el Fuero Nuevo marca un plazo de 30 años para poder reclamar tales gastos.

Según el tribunal catalán, ese “conocimiento” por parte de los usuarios se dio entre finales de 2016 y finales de 2017, cuando “diversas asociaciones de consumidores y despachos de abogados habían lanzado una intensísima campaña de publicidad dirigida a la captación de clientes para reclamar los gastos de sus hipotecas”. Este fallo, que afecta solo a Catalunya, es beneficioso para los consumidores catalanes, porque el Código Civil catalán da 10 años de plazo para la prescripción, pero sería perjudicial si se extrapolara al resto del Estado, donde el plazo de prescripción es de 5 años.

Incertidumbre

Ante la incertidumbre que todavía rige, las asociaciones de consumidores recomiendan seguir reclamando los gastos a las entidades bancarias. “Si tenemos una copia del préstamo y tenemos las facturas, hay que reclamar”. Y si es antes del 14 de abril, mejor. Esa fecha es la que habían fijado antes de la sentencia europea. “Ante la duda, mejor si tiene un sello puesto del banco antes del 14 de abril”, coincide Loizaga.

El Tribunal Supremo declaró abusiva la práctica de cobrar los gastos hipotecarios al cliente el 23 de enero de 2019 y obligó a los bancos a devolver una parte de la cantidad cobrada. Según este organismo, el plazo de prescripción era de cinco años, aunque los jueces no tenían claro cuándo empezaba a contar. Para la OCU, el plazo de cinco años para reclamar empieza a contar desde la sentencia del Supremo, sin embargo, recuerda que la declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020, como consecuencia de la pandemia, implicó la suspensión de los plazos de prescripción hasta el 4 de junio, esto es, un total de 82 días naturales. Y de ahí la fecha del 14 de abril.

El Supremo decide

De todas formas, será el Tribunal Supremo quien tenga la última palabra. “Ahora la pregunta es cuándo se va a pronunciar”, apunta el delegado de la OCU. Y, mientras, cada banco está actuando de forma diferente. Mientras que Kutxabank ha paralizado el abono de los gastos hipotecarios a sus clientes hasta que se pronuncie el Supremo, otras entidades siguen devolviéndolos. “Pero, claro, Kutxabank es la mayoritaria”, lamenta Loizaga. “En el caso de Caja Laboral, suele estar dando el dinero, pero sin intereses”, añade. “De todas formas, los bancos no están dando facilidades. Porque algo que podría ser tan sencillo como llevar una reclamación a un mostrador, muchos te dicen que la tienes que subir a la nube, otras entidades que la tienes que mandar a un apartado de correos, otros que todo telemáticamente”, critica.

Antes de 2019, las entidades bancarias solían cobrar los costes de registro, gestoría y tasación, así como la mitad de los de notaría, a los clientes. Sin embargo, esto cambió a partir de marzo de ese año, cuando entró en vigor la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que aumentaba la protección del consumidor y establecía que los gastos hipotecarios correspondían a las entidades bancarias.

Las sentencias

Enero 2019

Tribunal Supremo: Declara abusiva la práctica de los bancos de cobrar los gastos hipotecarios al cliente y los obliga a devolver parte de la cantidad cobrada.

Enero 2024

TJUE: Ante las dudas sobre cuándo empieza a contar el plazo de prescripción, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictamina que el contador arranca en el momento en que el consumidor tuvo conocimiento de la abusividad de los gastos.

Marzo 2024

Audiencia de Barcelona: Fija ese conocimiento entre finales de 2016 y principios de 2017, cuando las asociaciones de consumidores y despachos de abogados lanzaron una “intensísima” campaña contra estos gastos.