La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado de conformidad a cuatro años de prisión a un vecino de Pamplona de 30 años que se encontraba en situación irregular por un delito de agresión sexual cometido sobre una menor de edad, una chica de 14 años, a la que conoció en una fiesta en un domicilio. En el acuerdo firmado en la Audiencia se le aplican dos atenuantes para rebajarle la condena después del pacto entre la Fiscalía, la acusación particular y su defensa. Una de las circunstancias atenuantes estimadas en la conducta del encausado se debe a haber actuado con una afectación leve moderada de sus facultades por ser dependiente al cannabis y presentar un consumo perjudicial de alcohol y de cocaína, mientras que la otra se le aplica por reparación del daño, al haber pagado parte de la indemnización por los daños morales causados a la víctima. En total ha pagado 4.800 euros de los 12.000 euros que debe abonar.

Una violación en el baño tras una fiesta

Los hechos en cuestión exponen que el 21 de diciembre de 2019 el acusado se encontraba en su domicilio a donde acudieron un joven de 17 años y la víctima, que en ese momento tenía 14. El procesado estaba con su hijo de muy corta edad en el piso y allí llegaron varios amigos suyos. Una vez en el interior del domicilio, comenzaron a fumar porros y a beber cerveza y chupitos de Jagger. Así, la víctima comenzó a sentirse mareada, pidiendo al acusado que le mostrara dónde estaba el baño, entrando con ella y cerrando la puerta. Fue entonces cuando el procesado la agredió sexualmente con uso de la fuerza. A consecuencia de los consumos que había ingerido, la menor no recuerda con claridad lo ocurrido a continuación, según la resolución judicial, hasta el momento en el que recuerda que estaba sufriendo la agresión por parte del acusado cuando ella se encontraba desnuda. En ese momento la víctima se levantó y trató de marcharse de la habitación, pero el procesado se lo impidió y volvió a agredirla. Transcurrido un rato, ambos salieron del baño y la víctima se marchó del domicilio minutos después. Como consecuencia de estos hechos, la víctima presentaba índices de malestar emocional y sintomatología postraumática y recibe tratamiento psicológico para su recuperación.

La sentencia establece además de la pena de prisión que se condene al acusado a cinco años de libertad vigilada, una vez que se cumpla la pena de cárcel, e igualmente impone al acusado una orden de alejamiento de 300 metros respecto a la víctima, así como la prohibición de comunicar por cualquier medio con la joven por un periodo de siete años. Además, debe indemnizarla con los 12.000 euros citados, de los que quedan pendientes 7.200 euros.