Pamplona recuerda que los patinetes eléctricos deben contar con seguro
El Ayuntamiento destinará 5.000 euros a pintar mensajes en 24 carriles bici y repartirá un millar de etiquetas informativas
Desde este año 2026, los patinetes eléctricostienen la obligación de suscribir un seguro de responsabilidad civil. Esta medida afecta a todos vehículos de movilidad personal de una sola plaza propulsados exclusivamente por motor eléctrico, es decir, patinetes eléctricos, segways o monociclos eléctricos. Carecer de seguro puede acarrear multas de entre 601 y 3.005 euros. Para advertir de esta nueva obligación, el Ayuntamiento de Pamplona ha lanzado una campaña de información, que incluye el reparto de etiquetas con un recordatorio de la medida y el pintado de esa misma advertencia en los carriles bici de la ciudad. Además, Policía Municipal intensificará estos días las actuaciones informativas en vías especialmente transitadas por estos vehículos.
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El Ayuntamiento de Pamplona ha destinado 5.000 euros a esta campaña informativa, que incluye el pintado de mensajes de recordatorio en 24 carriles bici de la ciudad. Los mensajes, que han comenzado a pintarse esta semana, se situarán en las inmediaciones de pasos de cebra o semáforos, aprovechando la reducción de la velocidad en esos puntos, para que sean más legibles. El mensaje, que se repetirá en todos los carriles bici, irá en amarillo y en él se podrá leer, bajo una imagen de un patinete eléctrico, 'seguro obligatorio'. Estará presente en todos los carriles bici de la ciudad, desde la Cuesta de Beloso hasta la avenida Barañáin, pasando por la avenida del Ejército, la avenida de Cataluña o la calle Bernardino Tirapu, entre otras.
Un millar de etiquetas en formato percha
El mismo mensaje se ha impreso también en unas etiquetas, con formato percha, que se colocarán en aquellos patinetes eléctricos que estén aparcados en distintos puntos de la ciudad, para concienciar a las personas usuarias sobre esta nueva exigencia. En concreto, el Consistorio ha editado un millar de estos avisos, que se irán repartiendo esta misma semana. Toda la información sobre estos nuevos requisitos puede consultarse en la web municipal.
Obligatorio desde el 2 de enero
La Ley 5/2025, de 24 de julio, es la norma que recoge la nueva obligatoriedad, al modificar el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado en 2004. La nueva ley preveía la puesta en marcha de estas obligaciones a partir del 2 de enero de 2026, si bien es estos dos primeros meses del año se ha procedido a realizar avisos y advertencias, antes de proceder a sancionar los incumplimientos.
En concreto, la ley establece, en su disposición adicional primera, un seguro obligatorio de responsabilidad civil para vehículos personales ligeros que no estén incluidos en el concepto legal de 'vehículo a motor'. Y añade que se consideran vehículos personales ligeros, a efectos del seguro obligatorio de responsabilidad civil, "los vehículos que circulan por suelo mediante una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 25 km/h, si su peso es inferior a 25 kg, o una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 14 km por hora, si su peso es superior a 25 kg", aclarando, además, que, solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado.
Certificado de circulación y etiqueta identificativa
Además de suscribir un seguro obligatorio de responsabilidad civil, estos vehículos personales ligeros deben contar con un certificado de circulación, estar inscritos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y ostentar una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado o, en su caso, matrícula. En este sentido, la inscripción en el registro deben hacerla, a través de la sede electrónica de la DGT, los propietarios o tutores legales, en caso de ser menores de edad, ya que estos vehículos pueden ser conducidos a partir de los 14 años. Una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa que deberá colocar en el porta-identificador destinado a tal efecto en el VMP.
A aquellos patinetes que carecen de certificado de circulación porque no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características, se les aplica un régimen transitorio que les permite continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027, aun cuando carezcan del certificado de circulación. No obstante, también estos vehículos deberán ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y obtener el seguro obligatorio. Para este tipo de patinetes, además de una serie de datos personales del titular, solo se deberá adjuntar factura o ficha técnica o fotografía del VMP. Esta identificación tendrá carácter temporal y dejará de surtir efectos el 22 de enero de 2027. De esta forma, a partir de esa fecha estos vehículos no podrán circular, ha señalado el Ayuntamiento.
Normas básicas de circulación
Al margen del seguro de responsabilidad civil obligatorio, las personas que conduzcan patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal deben cumplir una serie de normas básicas de circulación, como llevar elementos reflectantes y luces. Además, deben circular prioritariamente por carriles bici o vías ciclistas, teniendo prohibido circular por aceras y zonas peatonales. Sí pueden hacerlo por zonas residenciales y parques, guardando distancia de seguridad con peatones, y en las vías de 30 km/h pueden compartir calzada con otros vehículos. No así en las vías de 50 km/h, donde tienen prohibido ir por la calzada. Asimismo, es recomendable el uso de casco.
Policía Municipal de Pamplona realiza mensualmente campañas de control del cumplimiento de la ordenanza de movilidad, atendiendo tanto a usuarios de bicicletas como de patinetes. Las actuaciones las llevan a cabo el grupo de Tráfico, la Brigada de Movilidad y Brigada de Proximidad de Policía Municipal. Aunque el control se realiza en toda la ciudad, suele prestarse especial atención a aquellas zonas donde se han recibido más quejas de la ciudadanía por el incumplimiento reiterado de la norma. Las infracciones más habituales son circular sin casco, sin alumbrado, no respetar la prioridad de paso en pasos de peatones o circular sobre la acera.
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