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El Supremo prohíbe salir del país a dos excargos de Acciona por los presuntos amaños de obra del 'caso Koldo'

El Supremo prohíbe salir del país a dos excargos de Acciona por los presuntos amaños de obra del 'caso Koldo'EFE

El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha prohibido salir del país a Justo Vicente Pelegrini, quien fuera director de Acciona Construcción de España, y a Tomás Olarte, exdirector de la zona norte de la compañía, al tiempo que les ha retirado el pasaporte y les ha impuesto la obligación de comparecer cada quince días en sede judicial por su presunta vinculación con los amaños de obra pública que se investigan en el 'caso Koldo'.

Así lo ha acordado el instructor en dos autos en los que explica que ha adoptado esta decisión a petición de la Fiscalía Anticorrupción, que ha reclamado dichas medidas cautelares este miércoles, en dos vistas que se han celebrado en el Supremo después de que Pelegrini y Olarte comparecieran como investigados.

En el marco de las vistas, las acusaciones populares --lideradas por el PP-- se han adherido a la petición del Ministerio Público, mientras que las defensas han mostrado su oposición a que se acuerden las mencionadas medidas cautelares.

Puente apunta que "ninguna de las partes acusadoras" ha solicitado la prisión provisional, "que, por descontado, no podría ser acordada por el instructor sin dicha petición previa". A su juicio, se trata de decisión "más que razonable", teniendo en cuenta que la investigación respecto a ambos exdirectivos "apenas acaba de dar comienzo" y que de momento no hay razones que justifiquen una medida cautelar de dicha naturaleza.

No obstante, el instructor sostiene que hay "indicios" de que ambos excargos de Acciona Construcción habrían cometido presuntos delitos de cohecho e integración en organización criminal, por lo que acuerda retirarles el pasaporte, prohibirles la salida del país y obligarles a firmar cada quince días en sede judicial.  

PELEGRINI SE VALIÓ DE LA "INDEBIDA INFLUENCIA" DE CERDÁN

En el caso de Pelegrini, el magistrado apunta que "consta indiciariamente justificado" que el 16 de septiembre de 2015 suscribió, actuando en nombre de la mencionada compañía, un "acuerdo marco de colaboración empresarial" con la recién constituida Servinabar, "con el propósito de concretar con ella distintos procesos de colaboración con relación a las oportunidades de obtener la adjudicación de obra pública".

Puente sostiene que Pelegrini habría confiado en que "dichas adjudicaciones futuras se producirían a medio de la indebida influencia" que desplegaría el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán --"indiciariamente vinculado de manera estrecha con la empresa Servinabar"-- sobre otros investigados del 'caso Koldo' que "ocupaban cargos públicos decisivos en relación con dichas contrataciones". "A cambio de ello, Servinabarpercibiría la correspondiente prestación económica", añade el magistrado.

Asimismo, el instructor señala que "en el desarrollo de dichos acuerdos tuvieron lugar varias reuniones, personales y telemáticas", entre Pelegrini, Cerdán y el socio principal de Servinabar, Antxon Alonso. Y destaca además que "todos o algunos" de los intervinientes adoptaron "determinadas medidas de seguridad": apagaban sus móviles en los encuentros o se "mostraban en pantalla" documentos relativos a las obras en proceso de adjudicación.

Al hilo, Puente recalca que Pelegrini, al ser preguntado por este extremo, no ha aportado "una explicación razonablemente atendible, señalando que lo hacía únicamente para que Alonso pudiera tomar nota de los temas tratados en la reunión (en la que, evidentemente, el propio Alonso se encontraba presente)".

En la misma línea, el magistrado subraya que "sirviéndose de este procedimiento, un significativo número de obra pública resultó finalmente adjudicado a la empresa Acciona Construcción, actuando ésta en UTE con compañías terceras, uniones temporales de empresas en las que no se integraba directamente Servinabar, que, sin embargo, suscribía después los correspondientes contratos de prestación de servicios con Acciona Construcción o con la correspondiente UTE, obteniendo, en todas ellas, un beneficio calculado del 2% con respecto al importe total de la adjudicación".  

OTRO EXDIRECTIVO DE ACCIONA

En cuanto a Olarte, "director en ese momento de la zona norte --que incluía el País Vasco, Navarra, La Rioja, Cantabria y, posteriormente, Galicia--", el magistrado expone que habría suscrito, actuando en nombre de dicha compañía y con pleno conocimiento de su origen y desarrollo, el pasado día 19 de diciembre de 2018, un Memorándum de Entendimiento con Servinabar para desarrollar la oportunidad de negocio relativo a la construcción de la A-68, variante de Logroño Arrubal-Navarrete".

El instructor añade que también se ha acreditado que Alonso se dirigía a Olarte "al efecto de reclamarle los pagos comprometidos en el desarrollo de dicha obra, logrando finalmente que Servinabar percibiese de forma anticipada una cantidad próxima a los 600.000 euros".

Además, detalla que Fernando Merino, otro exdirectivo de Acciona investigado, estaba "directamente sujeto a las órdenes y supervisión de Olarte", por lo que entiende que para "adoptar decisiones negociales relevantes" requería "el concurso" del entonces director de zona norte.

De Merino destaca que se interesó ante el entonces asesor del Ministerio de Transportes Koldo García "por la obra de Logroño, finalmente adjudicada a Acciona Construcción", algo que le llegó a este último por el ex director deneral de Carreteras Javier Herrero "con la elocuente expresión: '¡Bingo en Logroño!'".