Los operadores de juego 'online' tendrán que enviar un resumen mensual de actividad del juego a los usuarios vulnerables, entre ellos, a los jóvenes de entre 18 y 25 años, desde este jueves 14 de septiembre con la entrada en vigor del Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, por el que se desarrollan entornos más seguros de juego .

Esta nueva normativa, impulsada por el Ministerio de Consumo, busca minimizar los comportamientos de juego de riesgo o intensivo que pueden derivar, en los casos más extremos, en conductas problemáticas o patológicas. Así, se consideran participantes con un comportamiento de juego intensivo aquellos jugadores que hayan tenido pérdidas netas semanales iguales o superiores a 600 euros, durante tres semanas seguidas.

Además, en aquellos casos en que sean participantes jóvenes, las pérdidas netas semanales son iguales o superiores a 200 euros semanales, durante tres semanas seguidas. No obstante, el Real Decreto contempla medidas de protección general para las personas jugadoras en sentido amplio.

Entre las nuevas obligaciones de los operadores de juego 'online' dirigidas a proteger a las personas vulnerables, destaca la remisión de un mensaje específico que alerte de la conducta de riesgo detectada.

Por otro lado, en el plazo máximo de 24 horas desde que se haya registrado en la plataforma de juego, el usuario debe recibir un mensaje con información sobre las características y la naturaleza de los juegos de azar a su disposición, sobre los riesgos asociados y sobre las políticas de juego seguro del operador. Adicionalmente, este mensaje tiene que incluir una referencia específica a que comenzar a jugar a edades tempranas está asociado a un mayor riesgo de desarrollar trastornos asociados con los juegos de azar y apuestas o ludopatía.

Asimismo, los operadores de juego 'online' deben establecer mecanismos y protocolos para detectar los comportamientos de riesgo de los usuarios, que tengan en cuenta criterios o indicadores "objetivos" que revelen patrones de actividad como, por ejemplo, el volumen, la frecuencia y la variabilidad de las participaciones o los depósitos, "sin perjuicio de otros elementos cuantitativos o cualitativos que puedan asimismo resultar relevantes de acuerdo con la mecánica de los distintos juegos o con la experiencia del operador".

Las webs de juegos de azar y apuestas pondrán en marcha también medidas de refuerzo para los jugadores vulnerables como fijar una interacción específica con ellos y conseguir su respuesta en un plazo máximo de 72 horas. En caso de que no haya respuesta por parte de los jugadores con comportamiento de riesgo, el operador tendrá que suspender la cuenta.

Las personas catalogadas como participantes con comportamientos de juego de riesgo no podrán recibir ninguna clase de actividad promocional; queda prohibido ofrecerles los servicios de atención especializada que dirigen a su clientela privilegiada; así como el envío de publicidad por correo electrónico u otro medio equivalente, incluyendo aquellas sobre las actividades promocionales.   

MEDIDAS PARA 2024

Parte de las medidas previstas en este Real Decreto, las menos complejas desde el punto de vista técnico, entran en vigor este jueves 14 de septiembre (6 meses después de la aprobación del texto) y otro grupo de medidas al año de la entrada en vigor, es decir, el 15 de marzo de 2024.

Entre las medidas que serán obligatorias a partir del próximo año se hallan el establecimiento de límites a los importes destinados a la realización de apuestas en directo; o que las personas que inicien sesión para jugar a los denominados juegos de lotería instantánea o presorteada deberán establecer de antemano el tiempo máximo y la cuantía a jugar, sin posibilidad de ser modificada durante el transcurso de la misma.

También desde 2024 será obligatorio que, durante la sesión de juego, la persona usuaria reciba, al menos una vez cada 60 minutos, mensajes informativos periódicos de lectura obligatoria para poder continuar jugando. Estos mensajes contendrán información objetiva relativa a su conducta de juego durante la sesión, como por ejemplo el tiempo jugado, las cantidades apostadas o las pérdidas netas producidas, y en ningún caso juicios de valor del operador sobre dicha conducta.

Quedará prohibido que los resultados en una partida o en una sesión, aun constituyendo pérdidas para el jugador, vayan acompañados de mensajes del tipo "Casi acertaste" o "Estuviste cerca". Además, los jugadores en situación de riesgo no podrán utilizar tarjetas de crédito mientras mantengan esa dinámica (sólo podrán utilizar medios de pago nominativos y de su titularidad).

El incumplimiento de las medidas puede ser sancionado por parte del Ministerio de Consumo. Para las infracciones graves las multas ascienden hasta un millón de euros y pueden acarrear la suspensión de la licencia de juego durante seis meses. En el caso de las muy graves, las sanciones se elevan hasta los 50 millones de euros y pueden llevar aparejada la pérdida de la licencia de juego.