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Regulado el sistema para que las entidades locales calculen y publiciten el coste de sus servicios

La información deberá ser remitida al Ejecutivo antes del 1 de noviembre de cada año y se hará pública antes del 1 de diciembre, con el fin de avanzar en transparencia y eficacia en la gestión pública

Regulado el sistema para que las entidades locales calculen y publiciten el coste de sus serviciosPIXABAY

El Gobierno de Navarra ha aprobado un decreto foral por el que se regula el sistema para calcular y hacer público el coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales de Navarra y los plazos de suministro de esa información, en desarrollo de lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

El objetivo de esta normativa es seguir avanzando en transparencia y eficacia en la gestión pública, en este caso en lo que se refiere a entidades locales, implantando un sistema que ayude a valorar el coste efectivo de la prestación de los servicios públicos que se ofrecen en este ámbito y a analizar el empleo de los recursos públicos desde la perspectiva de la eficacia y la eficiencia. Se busca también ayudar en la adopción de decisiones respondiendo a las necesidades de la gestión y facilitar la elaboración y evaluación de los presupuestos.

De acuerdo con lo previsto en el decreto foral aprobado y en las disposiciones que lo desarrollen, las entidades locales de Navarra deberán calcular el coste efectivo de todos los servicios que presten directamente o a través de entidades y organismos vinculados o dependientes y remitirlo antes del 1 de noviembre de cada año al Gobierno de Navarra por los medios electrónicos habilitados por la dirección general competente en Administración Local, actualmente adscrita al Departamento de Cohesión Territorial. El Ejecutivo foral publicará esta información en su portal web antes del 1 de diciembre de cada año. 

Previamente a la aprobación de este sistema, se ha realizado la formación a personal de intervención y secretarías en las entidades locales, a través de 12 reuniones, y se han adecuado las herramientas informáticas necesarias. 

Con este decreto, Navarra desarrolla su capacidad foral para la regulación de los criterios del cálculo del coste de los servicios de las entidades locales de manera más adecuada a la realidad del territorio. A su vez, la Dirección General de Administración Local y Despoblación recepcionará la información de las entidades locales, en lugar del Ministerio de Hacienda.

Primer envío de información, antes del 1 de noviembre de 2027

La primera remisión de información sobre el coste de los servicios prestados en el ámbito local se realizará sobre el ejercicio de 2026 y se deberá llevar a cabo antes del 1 de noviembre del 2027.

El cálculo de los costes efectivos de servicios prestados por las entidades locales tendrá en cuenta los costes directos vinculados exclusivamente a un servicio y los costes indirectos, que no se pueden identificar con un servicio en concreto y que, por tanto, requieren de una clave de reparto para su imputación a los diferentes servicios.

El decreto foral describe dos categorías de servicios: finalistas, que se corresponden con el catálogo de prestaciones que ofrece la entidad, y no finalistas, que constituyen un apoyo necesario a los primeros. Se distinguen en esta última categoría los servicios auxiliares, que realizan tareas de apoyo necesarias para la correcta realización del servicio, y los generales o trasversales, que se corresponden con los gastos de la tecno-estructura de las entidades, basados en actividades de tipo administrativo o general que permiten su funcionamiento. 

El coste efectivo de cada uno de los servicios prestados por las entidades obligadas vendrá determinado por la suma del coste operativo del servicio (gasto de personal, costes corrientes y de amortización), los costes de las actividades de administración y gestión y el coste transversal del servicio.