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Absuelto de piratería el acusado de administrar desde Beriáin una web de descarga de música

El juez no ve acreditado que el procesado gestionara la página ‘Torrentazos’

Absuelto de piratería el acusado de administrar desde Beriáin una web de descarga de música

pamplona - Un joven de 37 años y vecino de Beriáin ha sido absuelto por el juez de lo Penal número 2 de Pamplona de un delito contra la propiedad intelectual del que venía siendo acusado, en concreto de facilitar a través de una web que supuestamente administraba la descarga gratuita de música, de manera pirata, es decir, favoreciendo el intercambio de archivos entre particulares. La sentencia ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial. El magistrado considera que no se puede aseverar con la certeza exigible en un proceso penal, con la prueba que se ha practicado, que el acusado sea el administrador de la web de descargas.

En la vista oral, la Fiscalía había solicitado una pena de dos años de prisión para el procesado y que indemnizara con un millón de euros a las compañías discográficas supuestamente perjudicadas por su actividad. La defensa, por su parte, interesó su libre absolución al sostener que su actuación se limitó a administrar la web, sin subir contenidos a ella, al tiempo que cuestionó las pesquisas llevadas a cabo por la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional. De hecho, el acusado reconoció que él se había hecho con el dominio web www.torrentazos.com para facilitar enlaces para intercambiar este tipo de archivos, pero negó en todo momento que él fuera la persona que proporcionaba los discos para que fueran descargados por los usuarios, sino que estos eran facilitados por terceros, “la propia comunidad de la web como mantuvo la fiscal”, sin ninguna vinculación específica con él, más allá de una colaboración desinteresada. “Me asesoré antes de abrir el portal y me dijeron que todo era legal. Era un hobbie”.

5.760 discos Precisamente la cuestión nuclear del juicio se centró, y así lo expuso la Fiscalía en su escrito de acusación, en determinar si el acusado era el administrador de esta web, que la había creado, “con el fin de que la página fuera muy visitada y en consecuencia para conseguir el máximo beneficio, no se limitó a crearla, sino que él mismo facilitaba las obras originales y para tal fin se inscribió en la página www.thepiratebay.org”. En concreto, el Ministerio Público le acusaba de subir entre julio de 2004 y febrero de 2008, sin permiso de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, 5.760 discos a la web antes señalada para luego ofertarlos en Torrentazos.

Le acusaba el fiscal de que en algunos casos se ha comprobado que incluso se ofertaban en la segunda página citada pocos minutos después y en el mismo orden en que eran publicados en la primera”. Pero el juez recuerda que el propio fiscal admite que “no existe prueba directa, solo indiciaria, de que el acusado fuera Torrentazos”. Los indicios se resumen en que el mantenimiento de la web exigía gran dedicación (carátulas ordenadas, contenidos actualizados...) y su funcionamiento era más complejo de lo habitual en las páginas de enlace de esa época, por el uso de una página intermedia conocida a nivel internacional”. Además, la Policía llevó a cabo un seguimiento de la web entre el 1 de abril y el 16 de mayo de 2008 que detectó la descarga de 26 obras. Los agentes concluyeron que las descargas se realizaban desde el domicilio del acusado y que él era la identidad del nick Torrentazos. A estas conclusiones respondió la defensa con una prueba pericial que cuestionó varios datos de la investigación, porque decía que todas las conexiones están “en estado pendiente” o “conectando”, lo que indica que la conexión nunca se completó y que no queda acreditado que el acusado distribuyera alguno de los 26 archivos probados por la Brigada de Investigación Tecnológica.

Sentado lo anterior, el juez concluye: “En definitiva, ¿queda descartado que el acusado fuera Torrentazos? En absoluto. Antes al contrario, lo más probable es que lo fuera. Pero no resulta posible, con la prueba practicada, aseverar tal identidad”. De hecho, recuerda que un agente expuso que “no se agotaron todas las vías de investigación. No se solicitó del instructor una entrada y registro en el domicilio del procesado, diligencia que hubiera estado más que justificada. Tampoco se investigó la identidad de Torrentazos a través de los dueños de www.thepiratebay.org”.