Los propietarios de perros deberán pasar por un cursillo formativo antes de adquirir el animal. Esta es una de las claves del anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, que está pendiente de su consideración por el Consejo de Ministros y su posterior remisión, en su caso, al Congreso para su debate y aprobación.

La nueva normativa establece así mismo que no habrá animales exhibidos en tiendas y se prohibirá la venta de mascotas en los establecimientos, tampoco habrá perros con la consideración de potencialmente peligrosos, ni sacrificios de mascotas que estén sanas. Tampoco se podrá dejar a un perro sin supervisión o vigilancia más de tres días consecutivos. En el caso de los perros será de 24 horas.

"Las personas titulares o responsables de los perros deberán haber realizado previamente un curso de formación acreditado para la tenencia de perros, cuyo contenido se determinará reglamentariamente". Además, "las personas titulares o responsables de los perros deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil".

El objetivo, dice el borrador, es facilitar "una correcta tenencia responsable del animal" que muchas veces está condicionada por "la ausencia de conocimientos por parte de la persona propietaria".

El anteproyecto del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, dirigido por la navarra Ione Belarra, contempla por vez primera un marco legal a nivel estatal que armonice las diversas legislaciones autonómicas sobre esta materia con el objetivo de fomentar la protección animal y prevenir el alto grado de abandono de animales.

El objetivo del Gobierno es promover una normativa con la que garantizar la "responsabilidad que debe llevar aparejada la tenencia de animales". Con ello se blinda, según señala la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, "la mejor característica humana, que es no ser indiferentes al dolor ajeno".

La normativa especifica que, para ser propietario de un perro será necesario "haber superado un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces condicionada por la ausencia de conocimientos por parte de la persona propietaria en el manejo, cuidado y tenencia de animales". También se establece que los dueños, propietarios o responsables de canes deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil.

No es la única novedad que supone la existencia de un marco común sobre protección de animales. La nueva norma prohibe el sacrificio de animales, salvo "casos de enfermedad o heridas incurables", o bien "por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambientales debidamente motivados normativa o científicamente".

El Ministerio de Derechos Sociales prohibe "dejar sin supervisión" a los animales de compañía o mascotas durante tres días consecutivos. En el caso específico de los perros, "este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas". En caso de pérdida del animal, deberá comunicarse en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, ya que no hacerlo será considerado abandono.

Protección

Queda prohibida también la cría no autorizada de cualquier especie de animal de compañía, además de la utilización como reclamo publicitario, "excepto para el ejercicio de actividades relacionadas con los mismos". También está prohibido tener animales de especies protegidas por normas internacionales de aplicación en España, así como la tenencia de animales silvestres en domicilios particulares.

La norma, en proceso de información pública desde este miércoles, aspira a "convertir en paraguas normativo estatal lo que ya es el sentir común de la calle", ya que incluye referencias a "la prohibición del sacrificio de animales de compañía, el abandono cero, el fin de actividades como las peleas de gallos o el tiro al pichón y la cría indiscriminada de animales para que sea practicada sólo por personas o instituciones autorizadas para ello".

En esta futura le ley, de aprobarse en el Parlamento, quedará regulado el uso de animales en actividades culturales y festivas, "estableciendo unas condiciones de uso acordes a su dignidad como seres sensibles, con el fin de evitar situaciones de humillación, maltrato y muerte del animal".

Esta legislación no afecta a los espectáculos taurinos, que siguen quedando regulados a través de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.