La modificación del Fuero Nuevo viene impelida no solo por la necesaria armonización de los ordenamientos internos de los diversos niveles -estatal, regional y local- con las normas dictadas por la Unión Europea, sino también por la urgente inclusión de instituciones jurídicas que ya forman parte de las sociedades de todos los países de nuestro entorno.
A pesar de que la mayoría de las cuestiones que se regulan en el Fuero Nuevo continúan siendo competencia de los Estados miembros y, dentro de estos, en muchas ocasiones de sus entes territoriales, la Unión Europea ha realizado un considerable esfuerzo de aproximación legislativa en aquellos sectores donde el Tratado de Lisboa posibilitó el desarrollo de una cooperación judicial en materia civil. Enmarcada dentro del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia, esta cooperación a su vez facilita la efectividad en el ámbito comunitario de las sentencias y resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales nacionales, evitando así duplicidades.
Gracias a la revisión operada en nuestra Compilación de Derecho Civil Foral, entre otras muchas cosas, se aportará seguridad jurídica a las uniones registradas (Reglamento UE 2016/1104), se organizarán y garantizarán las sucesiones en contextos de amplia movilidad de las personas (Reglamento UE 650/2012), se protegerá más adecuadamente a los consumidores y usuarios en sus contrataciones (Directiva 2008/48/CE) y se facilitarán a las personas físicas y a los operadores económicos sus transacciones más allá de las fronteras de cada Estado (Reglamento UE 1215/2012).
No cabe duda de que intentar conservar algunas de nuestras más tradicionales figuras jurídicas mientras nos adaptamos a los nuevos tiempos marcados por una Unión Europea en constante cambio, supone un gran reto en cuanto a acomodación e interpretación de las disposiciones afectadas, como bien se desprende del texto aprobado ya por el Gobierno de Navarra. Una vez completado el trámite parlamentario, corresponderá a otros operadores jurídicos que tienen más que ver con la práctica diaria del Derecho dar aplicación efectiva a este Fuero, que ahora sí se puede adjetivar como “Nuevo”.La autora es Profesora de Derecho Internacional Público y Derecho de la Unión Europea