madrid - La dirección de Vox ha puesto en marcha un mecanismo para que las subvenciones que reciben sus grupos municipales de los diferentes ayuntamientos donde tiene representación se desvíen a cuentas bancarias que maneja la cúpula del partido, según informa eldiario.es. Según la documentación que obra en poder del medio digital, las instrucciones que ha dado el comité ejecutivo nacional a sus representantes en los municipios obligan a que la dotación presupuestaria que ingresan las administraciones locales a sus grupos municipales (a todos menos aquellos que reciben menos de 500 euros al mes) se transfieran a cuentas corrientes de Bankia y en las que las únicas personas autorizadas para operar son cuatro altos cargos de la máxima confianza de Santiago Abascal.

Los apoderados de esa cuentas -cada grupo municipal debe abrir una- centralizadas en una sucursal de la entidad bancaria en Madrid son el secretario general, Javier Ortega Smith; el gerente, Enrique Cabanas; el tesorero, Andrés Porta; y el vicesecretario jurídico, Pedro Fernández.

El procedimiento puesto en marcha en Vox sirve para que la dirección del partido de extrema derecha ejerza como intermediaria entre los ayuntamientos que pagan con fondos del presupuesto municipal y sus grupos de concejales y faculta a que la dirección de Vox pueda realizar todo tipo de operaciones: ingresar o retirar cantidades, constituir depósitos, percibir intereses, suscribir cheques y operar a través de Internet.

Según esos documentos internos, la dirección de Vox transfiere posteriormente fondos a otras en las que sí figuran los concejales de cada ayuntamiento como apoderados para “las necesidades de funcionamiento de los grupos municipales”. Así figura en los documentos internos del partido de Abascal que se remitieron a sus representantes en el ayuntamiento el pasado 25 de junio, diez días después de que se constituyesen la mayoría de consistorios tras las elecciones municipales.

La Ley de Bases de Régimen Local establece que las subvenciones de los ayuntamientos sirven para sufragar los gastos de funcionamiento de los grupos municipales y no pueden destinarse a actividades externas como “al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial”. - D.N.