La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha rechazado la petición de Ainhoa Larumbe Biurrun de que se investigue por desproporción policial la detención que sufrió por parte de la Policía Foral durante el pasado 8-M, y que le provocó daños cervicales y en el hombro acreditados tanto en informes médicos como en el peritaje de la forense de la Audiencia.

Por tanto, la justicia archiva su denuncia mientras que la causa contra ella por supuestamente propinar una patada contra un agente de la Policía Foral sigue a la espera de juicio. La Fiscalía le pide 15 meses de prisión como presunta autora de un delito de atentado contra la autoridad.

La sala observa en el auto que "resultan acreditadas por los partes médicos de asistencia a urgencias y el informe de sanidad emitido por el médico forense" las lesiones sufridas por Larumbe Biurrun por las que estuvo de baja cerca de un mes y tiene pendiente recibir rehabilitación. Pero, al mismo tiempo, los jueces no aprecian "exceso alguno" en la actuación policial.

De hecho, para la justicia las lesiones se producen "tras caer encima de un agente que se tropezó" y que agarró en su caída a Ainhoa Larumbe Biurrun, que posteriormente es "levantada por tres agentes".

Una redacción somera que no se corresponde con los hechos tal y como los cuenta la denunciante, que en su versión, acompañada por varios vídeos de medios de comunicación que cubrían la protesta, sí que considera el suceso "totalmente desproporcionado y violento". Sin embargo, la justicia dice que deben confluir varios supuestos para que la detención se considere desproporcionada, como que se use material antidisturbios o que haya más heridos.

NO HAY MOTIVOS SUFICIENTES

Además, la justicia considera que los policías "no desplegaron ninguna acción de acometimiento directo frente a la denunciante, sino de traslado físico de la denunciante para su identificación tras, presuntamente, haber propinado una patada a un agente y haber caído al suelo encima de dicho policía".

"No utilizaron las defensas los agentes, ya que cogieron a la investigada para retirarla de la calle, sin que se infiera ninguna voluntad de lesionarla, por lo que no se infieren indicios racionales de la perpetración de un delito de lesiones dolosas", zanja el auto.

Es decir, que las lesiones cervicales y de hombro acreditadas en informes médicos y que requirieron baja no pueden achacarse a una conducta policial desproporcionada porque ni se usaron porras, ni hubo más heridos ni existió dolo en los agentes, según los jueces.

Por todo esto "no procede acordar la práctica de diligencias de investigación interesadas por la defensa"