Tudela - La Fiscalía, Gobierno de Navarra y las organizaciones Ecologistas en Acción, Seo BirdLife y WWF mantuvieron ayer sus peticiones penales para los acusados por el caso de envenenamiento masivo de aves en los cotos riberos de Montes de Cierzo y Monte Alto tras la celebración de la vista oral del juicio en Tudela. Por parte del Ministerio Fiscal, se sigue elevando la petición a 3 años de prisión, misma cifra que la propuesta por el Gobierno de Navarra, y desde las asociaciones medioambientales se piden 2 años y 6 meses de cárcel.

La vista oral del juicio por el mayor caso de envenenamiento de fauna en España, una circunstancia que el abogado representante de las ONG recordó a la salida de los juzgados de Tudela, se celebró este lunes en la que fue una jornada maratoniana con la declaración de cerca de una treintena de testigos y peritos. Además de la ratificación de las peticiones de pena para M.P., J.S. y A.G., el Gobierno de Navarra pidió también al juez que se ampliase el 83,3% en concepto de IPC a una de las partes de la indemnización de 67.229 euros por responsabilidad civil para los acusados. Tanto este extremo como las penas fueron rechazadas de lleno por los abogados de la defensa, quienes reclamaron la absolución de sus representados.

La jornada comenzó con una novedad importante en el caso, ya que en el turno de las cuestiones previas, tanto Fiscalía como Gobierno de Navarra solicitaron la retirada de la acusación a uno de los cuatro encausados inicialmente, R.M., que en el momento de los hechos era el guarda del coto de Monte Alto. Esta petición, aceptada por el juez, se argumentó basándose en el fin de la relación laboral de R.M. con la sociedad que gestionaba el acotado en mayo de 2012, por tanto antes de que afloraran los primeros hallazgos de aves envenenadas. No obstante, se incluyó a R.M. como testigo en la causa y su testimonio fue uno de los que generó más tensión en la sala de vistas número 2 del juzgado de Tudela. Ante las preguntas de todos los letrados, afirmó que “fue despedido por negarse a poner veneno en las trampas”, que esas órdenes se las daban “en la junta de la asociación de cazadores de Fitero” y que él “nunca entró en ese juego”. Sus palabras provocaron la reacción airada de uno los tres acusados, a quien el juez tuvo que pedir silencio en un momento de la vista oral.

En las conclusiones finales, la Fiscalía consideró probados los delitos contra la fauna, asegurando que “los únicos beneficiados” de la muerte de 138 aves rapaces, algunas de ellas en peligro de extinción y catalogadas como ‘de especial conservación’, eran M.P. y A.G., los dos presidentes de los cotos de Tudela y Cintruénigo, respectivamente, en tanto que esta práctica “favorecía el aumento de otras especies, como la perdiz, que se cazaban en los cotos”. En lo que respecta a J.M., guarda de Montes de Cierzo en el momento de los hechos, se toma como prueba incriminatoria el hallazgo de la huella de neumáticos de su coche en el lugar donde se encontró una jaula-trampa junto a varios cadáveres de milanos negros con síntomas de envenenamiento. También se hallaron en el coche, según testigos, guantes, una mascarilla, cubetas y un saco con restos de plumas de milano.

En el caso de A.G., el Ministerio Fiscal cita los testimonios de los policías forales que efectuaron el registro de su nave en Cintruénigo, donde se encontraron un bote de Lebaycid, un producto químico con el principio activo Fentión, detectado en los análisis a varias aves muertas.

Otro de los argumentos esgrimidos por la Fiscalía tiene que ver con el foco del envenenamiento, ubicado según los peritos “en un pinar anexo al vertedero de El Culebrete”, y que responde a que en ese lugar había “áreas utilizadas por las aves como dormideros”, aspecto que habría servido para aumentar el alcance del envenenamiento. Asimismo, Gobierno de Navarra y acusación particular añaden a estas conclusiones aspectos como una repercusión ambiental “considerable” y descartan la hipótesis de que las aves muriesen por consumir agua contaminada junto a El Culebrete.

Petición de nulidad de las escuchas telefónicas. EL letrado de M.P. y J.M. y el de A.G. pidieron en las cuestiones previas que se anularan las escuchas de Policía Foral como pruebas al “no constar la fecha y la hora de las mismas” y al considerar que “podrían no haberse ajustado al plazo legal permitido”. El juez se remitió a la ratificación de los ‘pinchazos’ por parte de la Audiencia Provincial.

“Dudas” con pruebas e hipótesis del Culebrete. Los episodios de mortandad de aves en el entorno de El Culebrete antes y después de este caso fueron otro de los argumentos de la defensa para expresar que la hipótesis del agua contaminada “no se puede cerrar”. Los letrados cuestionaron la cadena de custodia de algunas pruebas o el hecho de que solo se analizasen 30 de las 138 aves muertas.