PAMPLONa - Miles de navarros que siguen abonando mensualmente la letra de su hipoteca, e incluso aquellos que llevaron la firma de dichos préstamos a juicio para recuperar los gastos que llevaba aparejados, pueden verse beneficiados por la sentencia conocida ayer de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS), que fija que es el banco y no el cliente el sujeto que debe abonar el impuesto de actos jurídicos documentados. En Navarra, dicha tasa impositiva supone el 0,5% del total del importe del préstamo hipotecario y es, por tanto, una cantidad que oscila entre los 600 y los 1.500 euros por cada hipoteca. Hasta ahora, dicho impuesto era abonado por el cliente y, según la doctrina del propio Supremo, también correspondía al consumidor hacerse cargo del mismo. Por extensión, los juzgados especializados en cláusulas suelo, el de Primera Instancia 7 de Pamplona, y la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, seguían igualmente dicho criterio y en la práctica totalidad de los casos desestimaban la reclamación de este impuesto. Por contra, sí que se concedían otros gastos, como los de tasación, gestoría o notaría. Ahora, el cambio es radical.

Y se entiende que debe afectar tanto a las hipotecas nuevas constituidas, como a aquellas que todavía no han sido aún judicializadas y que, a partir de ahora, podrán reclamar dicho impuesto, e igualmente a las hipotecas ya en vía judicial (salvo aquellas con sentencias firmes), donde se podrá incorporar la nueva resolución del Alto Tribunal para que el juzgado o la Audiencia fijen su posicionamiento sobre la nueva situación originada. Los expertos dudan sobre la retroactividad, que no la ha fijado el TS.

En una sentencia fechada el pasado 16 de octubre, el alto tribunal establece que es la entidad prestamista, y no quien recibe el préstamo, el que tiene interés en inscribir la operación y elevarla a escritura pública. De este modo, la Sala Tercera del Tribunal Supremo modifica su jurisprudencia anterior e interpreta el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este impuesto, sino la entidad que presta el dinero.

45 millones en navarra desde 2014 En el caso concreto de Navarra, para hacerse a la idea de la enorme magnitud de la resolución, solo hay que acudir a la estadística tributaria de dicho impuesto en los últimos años y al número de hipotecas constituidas en la Comunidad Foral. El impuesto de actos jurídicos documentados recauda una media de 10 millones de euros al año en Navarra (fueron 10 millones en 2014, 9,4 en 2015, 11,9 millones en 2016 y 6,6 en 2017; en el presente ejercicio ya lleva recaudados 7 millones en los dos primeros trimestres). Por otra parte, la firma de hipotecas en Navarra respecto a fincas rústicas, urbanas o solares sumó 5.623 préstamos en 2017. El año anterior la cifra había sido muy similar: 5.823 alcanzó en 2016. Por tanto, más de 5.000 navarros pueden a partir de ahora asesorarse para no abonar dicho impuesto en su próxima firma.

hipotecas duras desde ahora El jefe de estudios de Idealista, Fernando Encinar, tras conocer la sentencia del Alto Tribunal, destacó que “la decisión judicial supone un severo revés para el sistema financiero español y una alegría para todos los que ya están hipotecados, que podrían recibir una cantidad muy importante”, subrayó. En su opinión, dicha sentencia, “muy negativa” para los que quieran hipotecarse a partir de ahora, se suma a la incertidumbre actual en el sector bancario, que sigue a la espera de que se apruebe la nueva ley hipotecaria. “Aunque creemos que la fuerte competencia entre los bancos por captar nuevos clientes podría minimizar estas posibles subidas, es probable que la sentencia dificultará el acceso al crédito para los que estén ahora intentando comprar una casa”, subrayó.

la banca se hunde en la bolsa Los seis bancos del Ibex 35 han protagonizado las mayores caídas en la sesión bursátil, después de que el Tribunal Supremo haya decretado que son ellos los que deberán abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria, lo que según Moody’s podría tener un coste de 4.000 millones de euros para la banca.

LOS BANCOS DICEN QUE CUMPLIRÁN YA

Nuevas hipotecas. Las patronales bancarias AEB y CECA hicieron público ayer un comunicado en el que afirman que cumplirán el nuevo criterio del Tribunal Supremo y solicitaron a los poderes públicos “mayor seguridad jurídica” y unas reglas “claras y predecibles” para el mercado hipotecario. Tras aclarar que la sentencia del Supremo se refiere a una cuestión “de naturaleza tributaria” y que las entidades de crédito no han percibido “cantidad alguna” de sus clientes por este concepto, las patronales bancarias aseguran que, “como siempre han hecho”, a partir de la sentencia de este jueves, “cumplirán con el nuevo criterio establecido por el Supremo”. No obstante, reclaman más seguridad jurídica y destacan que el mercado hipotecario español, caracterizado por unos tipos de interés “competitivos y unos plazos largos”, ha permitido el acceso a la vivienda en propiedad a un “amplios espectro” de la población.