PAMPLONa - Un vecino de Pamplona de 43 años y de origen colombiano ha sido condenado de conformidad por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra a tres años de prisión después de haber abusado sexualmente de una conocido que estaba semiinconsciente en su vehículo después de una noche de fiesta. Al procesado se le aplica la atenuante de reparación del daño después de haber indemnizado a la víctima. Se le impone además la prohibición de aproximarse a la joven, a su domicilio, a su lugar de trabajo y a cualquier otro lugar por ella frecuentado, durante un periodo de 7 años a una distancia inferior a 300 metros y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo de tiempo. Además, se le imponen otros tres años de libertad vigilada.

La sentencia se alcanzó de conformidad después de que el Ministerio Fiscal y la acusación particular modificaran sus conclusiones antes de que se celebrara la vista oral. De esta forma, el acusado aceptó la nueva petición de pena propuesta y en el acuerdo se contempló también que el procesado no deberá ingresar en prisión, suspensión de pena que fue solicitada por su abogado defensor. De esta forma, se decretó que no fuera encarcelado con la condición de que no cometiera un nuevo delito en los próximos cinco años, siguiera un tratamiento rehabilitador y se sometiera al programa de tratamiento para delincuentes sexuales. De esta forma, la sentencia fue declarada firme.

atenuante de reparación En los hechos probados de la resolución, se relata que el acusado, nacionalizado español, acudió a un local de Barañáin la noche del 13 al 14 de agosto de 2018. En el mismo se encontraba la víctima, de poco más de 20 años, junto con dos amigas y otro amigo. En el lugar estuvieron bebiendo y bailando en grupo y el acusado trató de acercarse al grupo. Poco más tarde, sobre las 2.00 horas de la madrugada, las jóvenes decidieron marcharse del local y acudir al barrio de San Juan de Pamplona. Así, decidieron todos montarse en el coche del acusado y acercarse a la travesía de la avenida de Bayona de la capital navarra.

Una vez que llegaron allí, el encausado paró el vehículo que conducía a la altura de los contenedores y una de las chicas, que se encontraba en malas condiciones por el alcohol, se apeó del turismo junto al otro chico del grupo. Así, la víctima se quedó sentada en el asiendo del copiloto y se encontraba dormida y semiinconsciente por el alcohol consumido, momento en el que el acusado atacó para satisfacer su deseo sexual. De esta forma, se aprovechó de la situación en la que se encontraba la joven, le desabrochó la ropa que llevaba puesta y se puso sobre ella en el asiento. Empezó cometiendo diversos tocamientos sobre ella y terminó penetrándola vaginalmente. El acusado cesó en su acción al llegar unas amigas de la víctimas, quienes le ayudaron a vestirse y a bajar del vehículo ante el estado en el que se encontraba. Los hechos narrados han causado en la víctima angustia y labilidad afectiva, recuerda la sentencia. En la misma se expone que el acusado es consumidor de tóxicos y que cuando se cometieron los hechos estaba afectado levemente por el consumo de sustancias estupefacientes y por el alcohol. Con anterioridad al acto de la vista, la víctima fue indemnizada con el procesado.

El acusado fue condenado por un delito de abusos sexuales debido a que los hechos se cometieron sin violencia ni intimidación y con la víctima privada de sentido, estado que fue precisamente lo que aprovechó el acusado para consumar su ataque. El delito de abusos está condenado con penas que oscilan entre los cuatro y los diez años de cárcel pero, en este caso, al presentar una atenuante de reparación del daño por haber pagado la indemnización a la víctima, la condena le fue reducida a los tres años de prisión.