l accidente pudo tener consecuencias fatales y, por puro azar, se zanjó con una colisión con daños importantes y unos golpes inevitables. Pero también, el vecino de Ezkabarte de 44 años que conducía el vehículo que causó el siniestro, se ha llevado ahora endosada de la Sección Primera de la Audiencia navarra una pena de 29 meses de prisión por conducción temeraria, en concurso con un delito de conducción sin permiso, y por negarse a someterse a las pruebas de detección de alcohol con la agravante de reincidencia. La resolución ahora conocida ratifica el pronunciamiento del Juzgado de lo Penal 1 de Pamplona y también condena a la privación durante seis años del permiso de conducir, lo que implica la pérdida definitiva del mismo.

Los hechos ocurrieron la noche del 3 de agosto de 2018, sobre las 22.40 horas, cuando el acusado conducía por el puerto de Belate en sentido descendente, desde Baztan a Ultzama. No solo lo hacía tras haber ingerido alcohol, adelantando a otros vehículos a gran velocidad y saltándose la línea continua, sino que también lo hacía pese a que ni debía ni podía hacerlo. El conductor tenía retirado el permiso durante el año 2018 por una sentencia previa de conducción ebria y también carecía de puntos en el carné debido a otra resolución de 2015 que le había sido notificada.

Con semejantes aditamentos, queda dicho que al menos intervino el azar para no causar una auténtica desgracia. El siniestro se produjo en el kilómetro 5 del enrevesado puerto, cuando el acusado se dispuso a adelantar a dos vehículos, en línea continua, a una velocidad inadecuada y en un tramo de curva. Así, perdió el control del coche, se salió por el margen izquierdo, invadió el sentido contrario y colisionó por embestida con otro vehículo, al que le produjo daños y lesiones a su conductora. Tras el suceso, el procesado se bajó del vehículo, habló con unos testigos y abandonó el turismo en el lugar. Algo le llamó en su conciencia para regresar al lugar del accidente hora y media después de sucedido el mismo. Fue localizado a su regreso por una patrulla de la Policía Foral que aún permanecía en su lugar, a la espera de una grúa. Los testigos lo reconocieron como el conductor del vehículo que causó el siniestro y, ante los evidentes síntomas que presentaba, como fuerte olor a alcohol, ojos enrojecidos, dificultad para deambular, y habla pastosa y repetitiva, los agentes le requirieron para que se sometiera a la prueba de alcohol. A la misma se negó abiertamente, pese a que se le informó de manera reiterada de las consecuencia de no someterse a la etilometría correspondiente. Así, se dirigió a los agentes con frases como "soy abogado, me conozco la ley, no pienso soplar ni a ti ni a tu compañero". El acusado, ante semejante relato de hechos probados, decidió recurrir la sentencia. Pero no ha tenido éxito. Venía a alegar que él no era quien estaba al volante, que solo iba atrás.

La Audiencia considera que la jueza de lo Penal valoró correctamente la prueba. La Sala no duda de que el conductor era el acusado. El automóvil es propiedad de su madre. Dos testigos le identificaron como el conductor del vehículo que adelantaba a gran velocidad y por línea continua y que era el mismo individuo que se acercó al lugar hora y media después con olor a alcohol y que no era capaz de mantenerse en pie. Solo el cinturón del conductor estaba tenso, por lo que el fallo dice que era el único ocupante del turismo, puesto que ningún testigo observó a nadie más. Además, los policías forales derivaron al acusado al hospital por los dolores que presentaba en el hombro y la cadera, seguramente relacionados con el tirón del cinturón. El encausado, recordaron los agentes en el juicio, llegó a decirles que era él quien conducía, pero que iban a tener que probarlo, les preguntó por el estado de salud de la otra conductora y llegó a decirles que sentía los daños causados.