Un vecino de Madrid ha sido condenado a dos años y ocho meses de prisión por un delito de sustracción de menores después de que la Sección 2ª de la Audiencia navarra confirmara una sentencia del Juzgado de lo Penal 5. El acusado se quedó con su hija después de que su exmujer cumpliera con el régimen de visitas y él no devolviera a la niña en la fecha indicada y la retuviera un mes. Además, se le inhabilita 6 años para ejercer la patria potestad y debe indemnizar con 1.500 euros a su ex.

El acusado mantuvo una relación con la mujer, fruto de la cual tuvieron una hija que es menor de edad. Por sentencia de marzo de 2018, por un juzgado de Madrid se acordó que la custodia de la hija se atribuyera a la mujer y se estableció como régimen de visitas a favor del acusado un fin de semana al mes desde el viernes a la salida del colegio hasta las 20 horas del domingo en que será reintegrada en el domicilio de la madre. Así, cumpliendo con la sentencia, el procesado estuvo con su hija el fin de semana del 30 de noviembre de 2018, teniendo la obligación de restituir a su hija el 2 de diciembre. Llegado tal día, el padre no devolvió a la menor.

Se declara probado que el acusado, en noviembre de 2018, envió varios mensajes por whatsapp, así como una llamada telefónica en la que le dijo expresiones como “asquerosa, eres una puta mierda, putón, mala madre o loca enferma”.

El acusado recurrió la condena inicial alegando que no devolvió a la menor porque estaba enferma, que la llevó el lunes al médico y que, después, no pudo reintegrarla al no poderse contactar con la madre ni saber su dirección. Añadía que esta aprovechó para viajar “disfrutando de la ausencia de la niña”.

Pero la Audiencia desestima esta versión exculpatoria, “empañada” por la prueba documental de la causa, donde figura que la mujer denunció el mismo día 2 en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona que el acusado no le había devuelto a la niña y no contestaba a sus mensajes”. El 27 de diciembre presentó demanda para reclamar la entrega de la menor y las múltiples actuaciones de la madre en el juzgado dejan claro que la misma no estaba conforme con que la menor estuviera con el padre y no le fuera reintegrada, dejando fuera de toda duda la realidad”.