En toda comunidad de vecinos surgen historias propias de una telenovela. Ya sea por mala convivencia, por ruidos a altas horas de la madrugada o porque alguien fuma en el ascensor siempre es un misterio cuál será el siguiente paso en el vecindario. Otras veces, simplemente los vecinos consideran que se vive bien, pero que siempre hace falta alguna mejora. Ahí es cuando entran las famosas, y para muchos aburridas, juntas de vecinos. Puede ser el sitio perfecto para enterarte de los últimos cotilleos, pero la mayoría de veces no va más allá de “quién quiere que pongamos un revistero en el portal”.
Si eres amante del marujeo y no te importa acudir de vez en cuando a estas reuniones, es digno de admiración, pero si eres más de los que no soporta encontrarse con la vecina del tercero en estas reuniones de propietarios, tenemos la solución ideal para ti.
Para evitar estos enfrentamientos tan incómodos con gente de nuestro mismo bloque e incluso rellano, el Partido Socialista (PSOE) añadió, en el artículo 16 de la enmienda 430, poder asistir a las juntas de vecinos telemáticamente. La causa de este sorprendente y, esperamos que fructífero artículo, es incorporar también en este ámbito de la vida las nuevas tecnologías. Ya que las videoconferencias han pasado a ser una ayuda más conocida y usada entre la población tras la pandemia de covid-19, asistir a estas reuniones podría dejar de ser un problema gracias a las llamadas virtuales.
Todo lo referente a las juntas de vecinos está regulado bajo la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), y ahora también se añade a la lista la posibilidad de acudir a las reuniones de forma virtual. Asimismo, se contempla que para los asuntos más extraordinarios de la junta de vecinos en los que no haga falta una reunión de urgencia, se pueda empezar a realizar pactos mediante la emisión de voto postal o electrónico con el fin de agilizar la toma de decisiones en las comunidades de propietarios.
Por último, dentro de esta enmienda se añadió en el apartado 19, la posibilidad de empezar a digitalizar el libro de de actas para que se pueda llevar y guardar de forma electrónica y que dichas actas sean enviadas a través de correo electrónico a los propietarios.
¿Es necesario acudir a la reunión de propietarios si estoy de alquiler?
De ninguna de las maneras si no eres el legítimo propietario de la vivienda estás en la obligación de acudir a este tipo de reuniones. Por otro lado, si quieres asistir para añadir recomendaciones o quejas, puedes pedir una confirmación previa al propietario y decirle que asistirás, si está de acuerdo, a las juntas.
¿Qué pasa si no asisto a una reunión de propietarios?
Aunque nadie está en la obligación de acudir a ellas, las reuniones sirven para votar asuntos internos de la comunidad, por lo que perderás tu voto en temas que pueden ser de tu incumbencia. Aun así, si te pones en contacto previamente con el presidente de la comunidad para advertirle de que delegas tu voto a otra persona, no habrá problema.