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Desarrollo Rural prohíbe usar hasta el 15 de diciembre herbicidas con prosulfocarb

Este producto se utiliza para combatir una mala hierba, llamada vallico, en la siembra del cereal de invierno

pamplona - Desarrollo Rural ha prohibido temporalmente el uso de productos fitosanitarios con prosulfocarb en el momento de la siembra del cereal de invierno, por segunda campaña consecutiva, según la Orden Foral 241/2018, de 2 de octubre. El Boletín Oficial de Navarra (BON) publicó ayer esta orden que se extenderá hasta el 15 de diciembre. Los agricultores utilizan este herbicida para poder combatir el vallico, una mala hierba que perjudica al cereal.

El departamento vuelve a restringir su uso estos meses en zonas mixtas de cereal y olivo, ya que “resulta eficaz en la prevención de los efectos indeseados de esta materia activa”. Los agricultores no pueden utilizar este herbicida en los olivos, pero en la campaña 2015-2016 se detectó presencia de prosulfocarb en aceitunas de parcelas próximas a extensiones de cereal. El informe desveló que “la utilización del prosulfocarb está muy extendida en zonas cerealistas de Navarra que alternan las plantaciones de olivar y el cultivo de cereal”. Para evitar que los olivos presenten residuos de este producto al ser manejado en la siembra del cereal, Desarrollo Rural ha vuelto a aplicar esta medida. El BON recogía que “el artículo 30.2 de la Ley Foral 4/2007, de 23 de marzo, de Sanidad Vegetal, dispone que ante la evidencia o la sospecha razonable de que la utilización de un producto fitosanitario, u otro medio de defensa fitosanitaria presente riesgos para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente, se podrá proceder a la suspensión temporal o a la regulación de su uso”. De esta forma, la Resolución 969/2016, de 20 de septiembre, del director general de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, y la Orden Foral 341/2017, de 18 de septiembre, de la consejera de Desarrollo Rural, establecieron en las respectivas campañas limitaciones en lo relativo “a la utilización de los productos fitosanitarios que contenían la materia activa prosulfocarb en el cultivo de cereal de invierno”.

zonas de restricción La prohibición temporal se extiende a las siguientes comarcas y municipios: Comarca tres: Añorbe, Tirapu, Obanos, Enériz, Puente la Reina, Legarda, Uterga, Adiós, Muruzábal, Biurrun-Olcoz, Úcar, Guirguillano y Artazu. Comarca cuatro: todos los municipios de la comarca, a excepción de Marañón, Genevilla, Cabredo, Lapoblación-Meano, Zúñiga, Lana, Larraona, Aranarache y Eulate. Comarca cinco: todas las localidades, excepto Barásoain, Garínoain, Unzué y Olóriz. Comarca seis: todos los municipios. Y comarca siete: las parcelas situadas en la margen derecha del río Ebro.

En el resto de comarcas agrarias, según señala la Orden Foral, los municipios y superficies de Navarra deberán mantener una distancia mínima de cien metros a las plantaciones de olivo sin recolectar hasta el 15 de diciembre. - S.Z.E.