SAN SEBASTIÁN. El Juzgado de lo Social de San Sebastián ha reconocido como accidente laboral el infarto que sufrió un trabajador fuera de su hora y lugar de trabajo, tras la demanda presentada por los servicios jurídicos de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) de la CAV.

En un comunicado enviado este lunes, el sindicato ha informado de la sentencia emitida recientemente por el Juzgado de lo Social número 2 de la capital guipuzcoana en respuesta a la demanda interpuesta por el ataque al corazón sufrido por el trabajador de la empresa de limpieza APY UTE Donostiako Garbiketa (F.C.C. S.A. y Zerbitzu Elkarte S.L.), J.A.E.T., el 27 de febrero de 2018.

El empleado, que iniciaba su jornada laboral a las 12.45 horas de ese día, sintió un dolor opresivo en el pecho a las 12.00 horas, cuando se encontraba aún en su casa, y, una vez en su puesto de trabajo, se confirmó que sufría el ataque cardíaco.

Ahora la justicia le da la razón, basándose en una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo donde ya se reconocía como accidente de trabajo "la patología cardíaca de un trabajador que se inició en su domicilio y persistió y se agudizó en su lugar de trabajo".

El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha afirmado que espera que "esta sentencia suponga un mayor avance en el reconocimiento de las patologías cardíacas como contingencia profesional" y no como contingencia común, "como suelen pretender derivarlas las mutuas".

Ríos también ha señalado que "confía en que la sentencia afiance los derechos colectivos de las personas trabajadoras que sufran estas dolencias" y ha aprovechado para hacer un llamamiento para que aquellos que deseen tramitar las "denuncias oportunas" acudan al sindicato y no den "por bueno el diagnóstico de las mutuas en estos casos".