Pamplona - Cientos de interinos que trabajan en las administraciones navarras y ocupan plazas vacantes vieron ayer cómo la vía judicial para convertirse en fijos se estrechaba hasta prácticamente cerrarse. Habrá que esperar a la sentencia, pero los dos informes de abogados generales de la Unión Europea conocidos ayer avalan la jurisprudencia española, que establece que los interinos ni tienen derecho a convertirse automáticamente en fijos tras encadenar contratos temporales ni han de percibir forzosamente una indemnización cuando sean despedidos.

El pronunciamiento de los abogados generales no es definitivo, pero suele anticipar la decisión final del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que, eso sí, reprocha a las administraciones públicas españolas el abuso de la contratación temporal, que afecta prácticamente al 30% de los trabajadores del sector público. Así, señala que se están cubriendo con trabajadores eventuales plazas que deberían ser fijas. Por ello entiende que convendría establecer una “sanción efectiva y disuasoria”, si bien matiza que este abuso no es causa suficiente para convertir a los temporales en funcionarios. “Para obtener la condición de personal estatutario fijo es necesario superar el proceso selectivo”, señalan los abogados.

El primero de los informes lo suscribe la abogada alemana Juliane Kokott, que responde así a las cuestiones prejudiciales presentadas por dos juzgados de Madrid. El primer asunto involucra a un informático que, después de trabajar durante 17 años para el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) como interino con contratos sucesivos renovados, pidió que se reconociera la condición de empleado público fijo, pero se le fue denegada. El segundo asunto también involucra a varios trabajadores del Sermas que eran personal estatutario interino, en este caso en la categoría de Facultativos Especialistas Odontólogos. Estos empleados ocuparon puestos de sustitución, eventual e interinidad con contratos temporales durante periodos entre los 12 y los 17 años. También reclamaron a la Comunidad de Madrid que se les reconociera la condición de empleado público fijo, pero la solicitud fue desestimada.

Un segundo informe está elaborado por el abogado polaco Maciej Szpunar, quien abunda en la misma dirección. Y responde al caso de una trabajadora que estuvo empleada en el Ayuntamiento de Madrid como funcionaria interina desde 2005 hasta 2013, cuando fue relevada porque su puesto fue cubierto por un funcionario de carrera La trabajadora demandó al Ayuntamiento de Madrid y pidió que se le abonara una indemnización de 20 días por año trabajado. Su reclamación fue rechazada recientemente por el Tribunal Supremo, en una sentencia ahora respaldada por el abogado polaco.

“Esta sentencia debe servir para que las administraciones públicas de una vez y de forma urgente apuesten por minorar los elevados niveles de temporalidad que sufrimos en nuestro ámbito”, explicaban ayer desde el área de servicios públicos de CCOO de Navarra, sindicato que criticaba además el uso que de este caso se ha hecho por parte de otros sindicatos de Navarra. “AFAPNA, en este proceso sólo ha intentado hacer caja, poco interesaba en realidad los derechos concretos de la gente trabajadora. Este sindicato usó este tema para hacer una campaña de afiliación basada en unas expectativas y unas promesas que podían no cumplirse, como al final ha ocurrido”, señalaba CCOO.

AFAPNA recordaba que el proceso había sido iniciado por un abogado madrileño. “Nosotros hemos informado de la posibilidad que había”, explicaba ayer Juan Carlos Laboreo, responsable de este sindicato, quien recordaba asimismo que aquellos que, a la espera de la sentencia, aquellos trabajadores que hayan reclamado se encontrarán en mejor posición ante la posibilidad de pasar a laborales fijos. “Es un informe algo confuso, pero deja claro que hay que terminar con el fraude ocupar plazas vacantes con trabajadores interinos”, señaló.

Otra sentencia en 2016. En 2016, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya concluyó que el Derecho de la UE se opone a la norma de personal estatutario de los servicios sanitarios, “que permite la renovación de nombramientos temporales para atender necesidades temporales en materia de personal, cuando estas necesidades son en realidad permanentes”..

La figura y la UE. La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, afirmó ayer que, desde la “experiencia” que tiene, en el Gobierno se constata que en la Unión Europea y los tribunales europeos no se conoce “exactamente” cómo opera la figura del interino de la Administración Pública. “Habrá que explicarla mejor y los tribunales conocerla mejor”, aseguró.