- El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia que declaró contraria a derecho incluir en un ERTE por causa de fuerza mayor durante la pandemia a un trabajador que ya había solicitado sus vacaciones.

La Sala de lo Social del TSJN considera que la decisión empresarial de suspender el contrato no guarda relación alguna con la fuerza mayor sino con el cierre por vacaciones de la empresa cliente. El trabajador trabajaba en la empresa Integración de Servicios Navarros (ISN), dedicada a la actividad de limpieza en Volkswagen Navarra durante los fines de semana, y por el cese de actividad de ésta la empresa demandada solicitó el 23 de marzo de 2020 un ERTE.

Ahora la Sala de lo Social del TSJN dice que no se impugnó ninguna resolución ni acto administrativo, sino exclusivamente la decisión empresarial de suspensión del contrato durante los días de julio y agosto de 2020 en los que ya tenía concedidas las vacaciones.