l año pasado el Observatorio de Sostenibilidad presentó un informe analizando cuál es la capacidad de producción de energía fotovoltaica de los tejados de todo el Estado español, para ello estimó la disponibilidad real de superficies activas, a través de un análisis satelital y aplicación de algoritmos diversos. Con esta metodología, después de reducir, acotar y ajustar los valores de superficie útil, el OS estimaba un valor disponible en tejados y superficies planas para la captación solar en todo el Estado en un total de 352.052 hectáreas o el 0,7% de la superficie. A pesar de ello y haciendo una estimación conservadora sobre las capacidades, se ha calculado que la superficie más viable seria de un total de 176.026 hectáreas. Para Navarra el informe plantea que corresponderían un 2,1 por ciento de esa superficie, es decir, 3.623 hectáreas.

Con base a este estudio se ha planteaba la propuesta Un millón de tejados solares, con un objetivo temporal claro que finalizaría en 2025. Para este año este reto implicaría unas 17.603 hectáreas (17.673 campos de fútbol) distribuidas entre las diferentes comunidades autónomas y supondría una potencia instalable de 10.400 MW y una energía producible de 15.500 GWh/año y se evitarían 4,2 millones de toneladas de CO2. Las inversiones a ejecutar podrían ser 14.500 millones de euros, de origen público-privadas, calculando una estimación generosa de unos 14.000 euros por instalación. Los periodos de recuperación de la inversión serían 5,7 años. Con estos paneles se llegaría a 7,45 millones de personas abastecidas por energía solar y generarían empleo en operación y mantenimiento del orden de 15.532 personas. Estos plazos e inversiones son perfectamente asumibles. No acaba ahí la ambiciosa propuesta: en el año 2030 se podría llegar a 2,9 millones de tejados solares y en el año 2050 a 25,9 millones de tejados solares que cubrirían las 176.000 hectáreas disponibles.

Esta iniciativa estratégica no es una invención, iría en la línea de otras actuaciones internacionales como Un millón de tejados solares en California o la existente en Australia, Japón o Alemania; aportando una contribución decisiva, desde el lado de la demanda, del sector doméstico, servicios y pequeñas industrias, pasando de consumidores natos, a prosumidores (productor y consumidor a la vez) en línea con los objetivos de la COP-25, con una disminución significativas de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Podríamos hacer una aproximación de estos datos a Navarra y veríamos la importancia de apostar por el desarrollo de una iniciativa similar en nuestra comunidad: 21.000 tejados con instalaciones fotovoltaicas para 2025. Para valorar en su justa medida esta apuesta tengamos en cuenta que en todo el Estado español hay a día de hoy unos 10.000 tejados solares, según el OS; apenas nada en comparación con los 800.000 de Reino Unido o los 600.000 de Italia.

En este contexto, pocas personas ponen en duda que la apuesta por una transición energética es indispensable y urgente. Partiendo de esta premisa y en el contexto de elevación de precios en el mercado eléctrico en el que nos encontramos, el autoconsumo eléctrico renovable es un elemento imprescindible para lograr que el consumidor pueda obtener una energía más limpia y barata. Autoconsumo que hasta la aprobación del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores apenas había iniciado su despliegue debido a una serie de barreras existentes, que dificultaban, desincentivaban o hacían inviable económicamente esta actividad. Una de estas barreras se ha identificado en la exigibilidad de la necesaria tramitación de una autorización administrativa para la obtención de la licencia municipal de obras, lo viene alargando dicho trámite en unos plazos muy largos que evitan la correcta implantación de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo.

La implantación del autoconsumo renovable permitirá disminuir la factura energética con carácter inmediato a los consumidores que lo instalen y, adicionalmente, detraerá demanda de energía en el mercado mayorista, contribuyendo de esta manera a una contención y disminución de precios en el mercado mayorista de energía eléctrica, a una mejora de las condiciones ambientales y a una reducción de la importación de hidrocarburos que redundará en una mejora de la balanza de pagos.

En Navarra hemos visto que se estaban haciendo distintas interpretaciones jurídicas en relación a lo regulado en el artículo 192 del Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a la hora de exigir o no licencia de obras municipal para estas instalaciones fotovoltaicas destinadas al autoconsumo, lo cual está suponiendo un freno a la apuesta por la extensión de esa fórmula de generación de energía.

Por eso, recientemente, hemos presentado una proposición de modificación de ese artículo mediante proposición de la mencionada ley foral, al objeto de dejar claro que ese tipo de instalaciones de aprovechamiento de energía solar destinados al autoconsumo no precisarán de la obtención previa de la licencia de obras municipal, sino que serán actos sujetos a la declaración responsable o comunicación previa. Se establecen algunas excepciones, por lo que sería exigible dicha licencia de obras cuando las instalaciones se hagan en edificios declarados como bienes de interés cultural o catalogados. Habrá que estudiar bien la situación del Caso Antiguo de Iruñea -para evitar limitaciones innecesarias al desarrollo del autoconsumo energético- ya que dicho Casco Antiguo constituye, globalmente, desde 1968 un Conjunto Histórico Artístico y por ello su ámbito aparece sometido a las normas dictadas al efecto en legislación sobre Patrimonio Histórico y cultural. Las otras excepciones planteadas serían en aquellos supuestos de instalaciones que afecten a los cimientos o la estructura del edificio y necesiten evaluación de impacto ambiental.

En todo caso, el reto de los 21.000 tejados con instalaciones fotovoltaicas en Navarra para el 2025 sigue en pie, es obligación tanto de la administración foral, de las entidades locales y de la iniciativa particular conseguirlo. Esta propuesta de modificación legal va en esa dirección.

El autor es parlamentario foral de EH Bildu