omo punto de partida, todas podemos compartir que los servicios públicos responden al deber de las administraciones de satisfacer los derechos de las personas residentes principalmente. Si compartimos esta idea, igualmente podemos compartir que la valoración de los idiomas en el acceso a la función pública debe ir principalmente enfocada a las comunidades lingüísticas residentes en Navarra.

Uno de los principales argumentos que se esgrime en la baremación del euskera es su inutilidad derivada de que el colectivo euskaldun es así mismo castellano hablante. Por lo tanto, su valoración se interpreta irracional o politizada. Con este criterio de utilidad, habría que valorar solo aquellos idiomas que dispongan en nuestro territorio de una comunidad lingüística distinta al castellano, y que a su vez no hablen la lengua española. A pesar de que hay personas que no hablan castellano, no hay comunidad lingüística ajena al idioma español que no lo domine.

Si acudimos al padrón del 2020 comprobaremos que los principales países que aportan residentes a nuestra tierra con lenguas diferentes al castellano son en este orden: Marruecos (13.297 personas), Rumanía (8.020), Bulgaria (5.996), Argelia (2.183), Portugal (2.159), China (1.894)… Sorprende que ninguno de estos idiomas (árabe, rumano, búlgaro, portugués, chino…) se bareme en los procesos selectivos de personal para la Administración.

A pesar de esto, en el enlace a la información oficial del coronavirus de la página web del Gobierno de Navarra se pudieron leer largo tiempo las recomendaciones frente al virus traducidas al árabe, rumano, búlgaro, portugués, chino, italiano, francés e inglés. Se entendía que sin esta traducción había personas que no iban a entender convenientemente las recomendaciones. Así pues, estos idiomas se demuestran útiles en la comunicación de la Administración con sus administradas. De todos estos idiomas tan solo son valorados el francés y el inglés en los concursos-oposiciones. Sin embargo, no existe una comunidad francófona en Navarra (la lengua materna de países como Marruecos o Argelia es el árabe). A su vez, no existe comunidad anglófona.

Podemos concluir que este concepto de utilidad no es el criterio usado por la Administración para definir los idiomas que son valorados para el acceso a la función pública, aunque bien pudiera ser un criterio válido. En especial para el colectivo de personas sordas, que, siendo una comunidad lingüística que no puede participar de comunicaciones orales, necesita para expresarse la lengua de signos (según Asorna, Asociación de Personas Sordas de Navarra, se estima que existen unas 500 personas sordas y cerca de 15.000 sufren discapacidad auditiva).

El euskera, a su vez, dispone de una comunidad lingüística propia. Según el Mapa Sociolingüístico de 2011, que es el más reciente que contempla población inferior a 16 años (desde los 5), había 82.100 bilingües. De éstos, 34.070 personas tuvieron el euskera como primera lengua en la infancia (hasta los 3 años). Además, 26.780 personas usaban el euskera como la lengua más hablada en casa. Es decir, un volumen de personas cercano a estas cifras hablan con mayor facilidad euskera que castellano. No hay que explicar que poder usar la lengua que mejor dominas en ámbitos como el de la salud… no solo es que sea de la máxima utilidad, sino que es básico. El hecho de que solo una mínima parte de la población euskalduna de la zona mixta use el euskera como lengua más hablada en casa, no oculta que el colectivo euskaldun de la zona vascófona deba trasladarse a la zona mixta para toda consulta especializada, ingreso hospitalario, intervención quirúrgica, estudios universitarios…, perdiendo todos sus derechos lingüísticos en el viaje.

Otro argumento que suele argüirse es que el euskera solo es oficial en la zona vascófona, que es un idioma que nada tiene que ver con el resto de Navarra, o que es una lengua de unas pocas ciudadanas. Por lo tanto, su valoración en el acceso a la función pública se interpreta como una discriminación, como una imposición.

La Ley Foral del Euskera establece que tanto el castellano como el euskera son lenguas propias de toda Navarra. Establece que el euskera es oficial en la zona vascófona, y la reviste de unos derechos en la zona mixta y no vascófona. El resto de lenguas no son propias, no disponen de oficialidad ni de derechos defendidos por una ley foral específica. Una lógica elemental nos hace ver contradictorio que una lengua extranjera tenga más valor y más que ver con Navarra que el euskera.

Tan crucial la ley y la justicia en este tema que recalco que la existencia de una legislación exclusiva del euskera (para su amparo, su enseñanza, su uso, su protección y desarrollo) coloca a esta lengua en un estatus superior a cualquier otra no propia de Navarra. Cualquier decreto o norma de inferior rango que desarrolle esta ley foral debiera respetar este estatus.

La Ley Foral del Euskera en su artículo 17 dice que para garantizar el derecho en la zona mixta de todas las ciudadanas a usar el euskera para dirigirse a las administraciones públicas éstas podrán “valorar como mérito el conocimiento del euskera en las convocatorias para las demás plazas” (aquellas plazas en las que no sea preceptivo el euskera). Es decir, la ley foral solo distingue dos tipos de plazas: las que tienen como preceptivo el euskera y las demás, que son baremables. No es interpretable, esto es lo que es. Condicionar la baremación de estas últimas plazas a una justificación de su necesidad de ser baremadas es recortar el derecho otorgado (y no impugnado ni abolido por tribunal ninguno) en la Ley Foral del Euskera por normas de inferior rango como era el Decreto Foral 29/2003.

El fallo judicial que anula artículos del Decreto Foral 103/2017 interpreta discriminatoria la baremación por no haberse justificado la necesidad en las plazas objeto de dicha valoración, y desproporcionada la valía del baremo por no haberse justificado dicha cuantía. En realidad, da igual que dicho valor fuera un máximo de 0,1 o de 2,8 puntos, ya que si es una baremación generalizada es discriminatoria. La consecuencia es que el euskera vale 0 en la zona mixta por primera vez desde que se legisló su puntuación hace más de 20 años, mientras que el resto de idiomas vale 2 puntos, sin necesidad de justificar su baremación ni la cuantía de la misma.

A modo de conclusión, y sin entrar en la especificidad de cada puesto de trabajo, considero que el lenguaje de signos, por lengua útil e insustituible, debe ser el más valorado en los procesos de selección. El euskera, por ser lengua útil y propia de Navarra, debe estar más valorado que el resto de lenguas no propias. Posteriormente, por lenguas útiles, deben valorarse las lenguas extranjeras que dispongan de comunidad lingüística en el territorio (ya mencionadas). Tras ellas, por ser idiomas oficiales de la Unión Europea o de las Naciones Unidas debe valorarse el inglés, francés, alemán, chino y ruso.