l Acuerdo de París y la lucha contra el cambio climático también es cosa de las empresas. Un tribunal holandés ha fallado contra la multinacional energética Shell obligándola a reducir sus emisiones de CO2 a casi la mitad para el 2030. Aunque no sea uno de los países firmantes del acuerdo de la ONU, la juez Larisa Alwin, de La Haya, entiende que la compañía tiene su propia “responsabilidad” en la consecución de los objetivos y que los planes que tenía para reducir sus emisiones son insuficientes, lo que afecta a los derechos humanos. La sentencia resulta histórica porque puede derivar en litigios similares en todo el planeta.

El fallo supone una victoria de gran magnitud para el movimiento ecologista, ya que los jueces han confirmado la responsabilidad de una multinacional como Shell a la hora de contener la contaminación derivada de sus actividades con el gas y el petróleo. Milieudefensie, la rama local de Amigos de la Tierra, pidió a los jueces el pasado diciembre que ordenaran a la compañía una reducción, para 2030, del 45% de sus emisiones de CO2 comparadas con 2019. El tribunal ha considerado que dicha proporción era factible y necesaria, y la sentencia puede servir de acicate para otros casos similares dentro y fuera de Países Bajos.

Es la primera vez que la justicia ordena algo parecido a una multinacional de esta envergadura, y el fallo señala que “el grupo Shell debe poner de su parte para contener la amenaza del cambio climático”, según ha dicho la jueza Larisa Alwin, presidenta del tribunal de La Haya encargado del caso. La demanda de los ecologistas señalaba que la petrolera está informada desde los años sesenta de que el cambio climático es un peligro, y por lo tanto cometía un delito: al contaminar a sabiendas, vulneraba la Convención Europea de Derechos Humanos, en sus artículos 2 y 8, que protegen el derecho a la vida y a la vida familiar.

El pasado diciembre, la ONG ecologista -a la que acompañaron en su demanda otras seis organizaciones ecologistas y más de 17.000 ciudadanos y ciudadanos- esgrimió que Shell invierte mucho más en combustibles fósiles que en energías renovables. Y que, si bien las empresas no son parte del Acuerdo del Clima de París, la multinacional debería adherirse al mismo para reducir más deprisa la contaminación que produce. Los cálculos presentados por los ecologistas ante el tribunal indicaban que las emisiones de CO2 generadas por Shell y sus productos suman alrededor de 1.600 millones de toneladas anuales: el 3% del total de emisiones mundiales de los gases de efecto invernadero y nueve veces más que el conjunto de los emitidos en Países Bajos.

El argumento de la vulneración de los derechos humanos aplicado al clima fue utilizado por primera vez por parte de la ONG medioambiental holandesa Urgenda. En 2019 consiguió que el Tribunal Supremo de Países Bajos obligara al Gobierno holandés a reducir, para 2020, las emisiones de dióxido de carbono en un 25% respecto a las de 1990. La victoria ecologista fue histórica porque el caso llegó al Supremo después de que el Ejecutivo apelara un fallo inicial, de 2015, que ya exigía dicha rebaja. El pasado 7 de mayo Urgenda anunció que demandaría de nuevo al Gobierno “pidiendo una multa” si éste no anuncia “cómo alcanzará la rebaja de emisiones” marcada en la decisión judicial.

El recorte al que se ha condenado a Shell, ese 45%, no es una decisión arbitraria del tribunal. En 2018, el IPCC, el grupo de científicos que asesoran a la ONU, publicó un informe en el que exponía la urgencia por actuar frente al cambio climático y dejaba claro que esta década es determinante en esta carrera. Y advertía que, si el mundo quería que el calentamiento global a final de siglo no supere los 1,5 grados respecto a los niveles preindustriales, las emisiones mundiales de dióxido de carbono tenían que reducirse un 45% en 2030 respecto a los niveles de 2010.

Mantener el calentamiento global por debajo de los dos grados -y en la medida de lo posible por debajo de los 1,5- es el principal objetivo del Acuerdo de París. Este acuerdo y los informes del IPCC son los que esgrimen los grupos que han demandado a Shell. “Este límite, en referencia a los 1,5 grados, es fundamental para minimizar los riesgos de un cambio climático irreversible y catastrófico”, ha sostenido Greenpeace, que ha resaltado la importancia de los pleitos climáticos.

La decisión puede servir de precedente para futuras denuncias de ONG que decidan llevar a los tribunales a empresas con altas emisiones de CO2, tanto en Países Bajos como en el extranjero. En 2020 había 1.800 demandas relacionadas con el cambio climático de este tipo en todo el mundo. En el Estado español, Greenpeace, Ecologistas en Acción y Oxfam Intermón tienen abierto un caso en el Tribunal Supremo para obligar al Gobierno español a que aumente sus objetivos de recorte de emisiones.

La sentencia del Tribunal de Distrito de La Haya del pasado 26 de mayo supone un nuevo caso de litigación climática que pone de manifiesto su importancia para el cumplimiento de reducción de emisiones. Las similitudes con el caso Urgenda citado anteriormente no radican solo en el origen de este procedimiento -ambos en los Países Bajos-, sino también en que en ambos supuestos la legislación aplicada es la normativa civil holandesa. No obstante, si en el caso Urgenda se condenaba al estado a actuar para cumplir sus compromisos climáticos, lo novedoso del presente asunto es que se condena a una compañía petrolera, Shell.

Otro aspecto a destacar de la presente sentencia es que realiza una interpretación de los deberes de las empresas en relación con el cambio climático que, de seguirse por otros tribunales, posibilitaría exigirles que actúen eficazmente reduciendo sus emisiones, y que, en definitiva, eviten causar daños adversos sobre los derechos humanos.

El autor es experto en temas ambientales y Premio Nacional de Medio Ambiente