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Osasuna recurrirá al TAD una vez Apelación ha desestimado su recurso por alineación indebida de Íñigo Martínez

Considera que no es aplicable el artículo 5 de la FIFA

Osasuna recurrirá al TAD una vez Apelación ha desestimado su recurso por alineación indebida de Íñigo MartínezEuropa Press

El Comité de Apelación ha desestimado este jueves el recurso que presentó Osasuna por la posible alineación indebida de Íñigo Martínez, jugador del Barcelona, en el encuentro disputado el 27 de marzo en el Estadio Olímpico Lluis Companys y que concluyó con victoria azulgrana. La entidad navarra se acogió al artículo 5 de la FIFA, que recoge el tiempo que tiene que pasar para que un jugador vuelva a disputar partidos con su club tras una lesión que no le permita ir con su combinado, para impugnar el partido. De momento, el Comité de Disciplina y Apelación no le han dado la razón.

Cabe recordar que Osasuna acudió a Apelación después de que el Comité de Disciplina rechazara su primera reclamación, presentada al entender que el Barça incurrió en alineación indebida al contar con el central, ya que había sido baja en la selección española el 17 de marzo por motivos médicos, para los partidos contra Países Bajos de la Liga de Naciones, pero ante el equipo navarro el jugador fue titular. El lunes 31 de marzo, el club catalán recibió la denuncia de Osasuna y desde eso momento tuvo tres días para poder presentar alegaciones. También se remitieron las alegaciones a la RFEF para que aportara la información correspondiente.

Osasuna explicó en su recurso que “el club entiende que la participación del futbolista Iñigo Martínez en el encuentro de ayer –el día 27– ha vulnerado el artículo 5 del Anexo I del Reglamento del Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA, el cual especifica que un jugador que no se incorpora a la convocatoria de su selección por razones médicas, o la abandona, no podrá disputar encuentros con su club durante los cinco días naturales posteriores al fin del periodo internacional”.

Osasuna recordó que el día 17 de marzo se conoció que Iñigo Martínez “causaba baja en la convocatoria por motivos médicos”. “Ese mismo día también se comunicó la desconvocatoria de la selección española de los futbolistas Marc Casadó y Bryan Zaragoza por motivos médicos, siendo este último el único que se incorporó a la concentración de la selección española para ser evaluado por sus servicios médicos. Es evidente que, en cumplimiento con el citado Reglamento de la FIFA, ninguno de estos jugadores eran hábiles para participar en el encuentro que tuvo lugar al no cumplirse los plazos establecidos por el mismo”.

La respuesta de Apelación

Apelación, en documento que ha publicado este mismo jueves, refleja que "no puede sostenerse válidamente que la participación del jugador en el encuentro del día 27 de marzo constituya alineación indebida, dado que, jurídicamente, el jugador no se encontraba sujeto a la restricción temporal que establece la norma, al haber cesado los efectos de su convocatoria mediante acto federativo expreso". Ahora, y con la negativa de Apelación, la última vía que le queda a Osasuna para recurrir es el TAD.