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El Ayuntamiento plantea regular oficinas tipo 'loft' en bajos con un mínimo de 40 metros cuadrados

se trataría de introducir un punto en la ordenanza de edificación y tendría que aprobarlo el pleno

pamplona. El Ayuntamiento de Pamplona ha propuesto modificar un punto de la Ordenanza General de Edificación con el fin de regular la posibilidad de habilitar oficinas, de como mínimo 40 m2, como lofts en las que se confluyen los ámbitos laborales y de descanso. En realidad se pretende introducir un nuevo artículo, el 108 bis, para definir la oficina tipo loft como la oficina complementada con espacios de descanso.

La normativa establece la obligatoriedad de que los espacios de descanso cuenten con una zona de uso común, con superficie útil mínima de 9 m2, con iluminación natural directa desde espacio exterior o patio de manzana y frente mínimo de 2,5 metros; y con una zona donde se pueda descansar en condiciones adecuadas con superficie útil mínima de 6 m2, con iluminación natural directa desde espacio exterior o patio, pudiéndose sustituir por hueco de comunicación con la zona de uso común de 2 metros de altura por 1,30 metros de anchura. La modificación de ordenanza tendría que ser aprobada por el Pleno.

La transformación de locales en espacios de trabajo y en viviendas en Pamplona se encuentra condicionado por el Decreto Foral 5/2006, que regula las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Foral de Navarra, así como por el propio planeamiento urbanístico en cuanto a compatibilidad de usos residenciales con comerciales o dotaciones en planta baja. La unión de ambas normativas conlleva en la práctica la imposibilidad de autorizar la mayoría de lofts, al menos en su concepto original.

Para complementar locales de planta baja con elementos propios de viviendas, que efectivamente pudieran considerarse como tales, sería necesaria la modificación de la citada normativa foral de habitabilidad, aspecto en el que el Ayuntamiento de Pamplona está trabajando. En cualquier caso, no se pretende la generalización de la implantación de viviendas en plantas bajas, más allá de las zonas actualmente permitidas, insistiendo en la diferencia entre vivienda propiamente dicha y oficinas con elementos residenciales, para preservar las actividades comerciales en determinados barrios o calles.