PAMPLONA. La Comisión de Cohesión Territorial del Parlamento de Navarra ha aprobado este miércoles el dictamen en relación con la proposición que modifica parcialmente la ley orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) y la ley orgánica de Financiación de Partidos Políticos. La ley busca la supresión de la sanción mínima de 50.000 euros por superar en un 10% o más los límites de gasto electoral, al considerar que se trata de una sanción "excesiva" para pequeñas siglas que concurrieron a las pasadas elecciones municipales.

Una vez dictaminada, la proposición de ley será elevada al pleno del Parlamento para su definitivo debate y votación. De resultar aprobada, la iniciativa deberá ser defendida por tres parlamentarios forales ante la Cámara Baja, siempre y cuando sea admitida a trámite por la Mesa del Congreso de los Diputados.

Las modificaciones contenidas en esta ley serán de aplicación a formaciones políticas que hayan concurrido a las elecciones municipales convocadas por el Real Decreto 209/2019, de 1 de abril, mediante la presentación de candidaturas en una única circunscripción electoral.

Esta proposición de ley se encuentra entre las ocho que el Parlamento de Navarra remitió en la IX Legislatura al Congreso de los Diputados para su tramitación (no llegó a calendarizarse) y que, tras la constitución de la nueva Cámara a resultas de la celebración de las elecciones forales del pasado 26 de mayo, ha quedado caducada.

La proposición de ley foral está impulsada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e Izquierda-Ezkerra y tiene por objeto corregir los efectos de la actual regulación, a fin de "garantizar que el límite de gasto electoral permita realizar una mínima campaña electoral o al menos el envío directo de sobres y propaganda, y que dicho techo guarde relación con el importe de las subvenciones electorales a percibir".

Por otro lado y dado que la ley orgánica de Financiación de Partidos Políticos tipifica como infracción la superación de los límites de gastos electorales previstos en la LOREG, estableciendo en todos los casos (también cuando se trata de formaciones que concurren en un solo municipio) una sanción mínima que, dependiendo de la gradación, puede ser de 5.000, 25.000 o 50.000 euros, se plantea suprimir, "por desproporcionada", esa multa mínima.

Por tanto, de ser aprobada la ley, ya no sería castigada con una sanción "no inferior a 50.000 euros" la superación por los partidos políticos, "en un diez por ciento o más, de los límites de gastos electorales previstos en la LOREG, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 134 de dicha Ley", relativo a las potestades del Tribunal de Cuentas para recabar documentación y aclaraciones.